Un problema urbanístico
Los cerramientos de terrazas o áticos que se realizan en viviendas o locales, generalmente, sin licencia y con el desconocimiento de los propietarios de la normativa urbanística que establece el Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma competente con respecto a estas obras, son uno de los problemas urbanísticos más frecuentes en la práctica jurídica diaria.
Dependiendo de la Comunidad Autónoma donde nos encontremos, y el municipio, la normativa que regula estas construcciones podría variar sustancialmente, ya que, como hemos aclarado en repetidas ocasiones, la legislación urbanística es una potestad transferida a las Comunidades Autónomas.
Consecuencias
Cuando se realizan cerramientos de terrazas o áticos que no cumplen con la normativa urbanística o, directamente cuando ésta prohíbe su realización, el Ayuntamiento, de oficio, será el encargado de iniciar un expediente urbanístico para restaurar la legalidad urbanística vulnerada (recordemos que aunque se presente una denuncia, será el Ayuntamiento quien inicie el procedimiento de oficio). Además de iniciar dicho expediente para restaurar la legalidad urbanística, también podría iniciarse un expediente sancionador e imponerse una sanción por la presunta infracción urbanística.
Llegados a este punto y tras haberse incoado el correspondiente expediente para la restauración de la legalidad urbanística, el Ayuntamiento requerirá solicitar la correspondiente licencia o eliminar lo construido. Transcurrido el plazo establecido por la normativa para solicitar licencia, si no ha sido posible su obtención, se ordenará la demolición de las obras.
En la mayoría de situaciones estos casos terminan en los juzgados de lo Contencioso – Administrativo, aunque su defensa debe comenzar en la vía Administrativa ante el propio Ayuntamiento.
Contacto y ayuda
En Vélez Dorado somos expertos en disciplina urbanística, ya que, nuestra experiencia y dedicación únicamente a dicha materia nos dota de un alto grado de conocimiento y solvencia ante cualquier situación. Por ello, si usted ha realizado un cerramiento o cualquier tipo de obra y le han denunciado, quiere analizar su situación, etc., no dude en ponerse en contacto con nosotros aquí.
También puede analizar su caso usted mismo a través de nuestros “Formularios de análisis de casos urbanísticos”.
Redactor: Equipo de Vélez Dorado. Área de Disciplina Urbanística.
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Hola.
En mi caso tengo un anexo en la terraza de un ático.. la obra ha prescrito. Lo puedo probar.
Pero aún así… si lo legalizo, eso significa que puedo hacer reformas en el anexo? O sigo solo pudiendo hacer obras mínimas de mantenimiento?
Gracias
Si se legaliza, quedaría en el mismo régimen de obras que cualquier obra con licencia. No obstante, legalizar no significa probar la prescripción.
Un saludo.