Saber manejar correctamente los conceptos de parcelación y reparcelación es un tema importante urbanisticamente hablando, por ello, en el presente artículo procederemos a definirlos y explicarlos.
En materia urbanística las diferencias entre parcelación y reparcelación son bastante significativas. Por tanto, la respuesta a la pregunta que da título al presente artículo no puede ser otra, NO.
- Parcelación:
La parcelación consiste en la partición o fraccionamiento de una finca, parcela o terreno en dos o más partes. Cada una de estas nuevas parcelas deberá cumplir con la superficie mínima establecida en el planeamiento urbanístico aplicable. Si la intención de dicha parcelación fuera la de edificar las nuevas parcelas estaríamos hablando de “parcelación urbanística”, y si la intención y/o finalidad de la parcelación fuera el aprovechamiento agrario o pecuario estaríamos hablaríamos de parcelación rústica o agraria. Por lo tanto, dependiendo de la finalidad de la parcelación hablaríamos parcelaciones urbanísticas o agrarias/rústicas
Para realizar cualquier parcelación (urbanística o agraria) es necesario un proyecto de parcelación que ha de presentarse en el Ayuntamiento competente, para que este nos otorgue la licencia urbanística necesaria para poder llevar a cabo dicha parcelación.
- Reparcelación:
La reparcelación, por su parte, consiste en la agrupación de fincas y parcelas de un ámbito de actuación sujeto a transformación urbanística para la posterior adjudicación de parcelas ajustadas al planeamiento. Es decir, consiste en la transformación jurídica de varias parcelas rústicas en urbanas. Además, la reparcelación no solo contempla parcelas privadas edificables sino parcelas para usos y servicios públicos como viales, zonas verdes o equipamientos, etc., por ello, la reparcelación es considerada un importante instrumento jurídico-urbanístico.
Redactor: Equipo de Vélez Dorado. Área de Urbanismo.
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Buenas tardes,
Es un tema civil, que no es exactamente urbanismo, por lo que no podemos ayudarle. Un saludo.