+34 911 01 37 11 info@velezdorado.com

11.06.2020 |  El supremo condena a un año de prisión a un hombre por delito contra la ordenación del territorio por construir una vivienda sin licencia sobre suelo no urbanizable de especial protección. 

 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a un vecino de Córdoba a un año de prisión por delito contra la ordenación del territorio por construir una vivienda sin licencia en suelo no urbanizable de especial protección por planificación territorial o urbanística en la subcategoría Vega del Río Guadalquivir. Además, también se le condena a la demolición de lo ilegalmente construido. 

El alto Tribunal ha estimado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal, ya que previamente, la Audiencia Provincial de Córdoba había confirmado la sentencia de instancia que absolvió al acusado. 

La sentencia recurrida por la Fiscalía consideraba que la actuación del acusado no debía considerarse delictiva al coexistir su vivienda con otras en un terreno parcelado, y por tanto no se trataba de una construcción aislada. Asimismo, defendían que el asentamiento estaba tolerado por el Ayuntamiento desde el momento en que los propietarios abonaban el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) además de los suministros de agua y luz. 

El Supremo en su sentencia, establece que el incumplimiento de las normas urbanísticas por parte de otros vecinos no agota el bien jurídico ni la necesidad de su protección, ni tampoco exime al acusado de sus obligaciones y su propia responsabilidad. Por tanto, estima el recurso de casación planteado por la Fiscalía y condena al acusado a 1 año de prisión y a la restauración del orden quebrantado (demolición de las construcciones). 

Fuente: “noticias.juridicas.com”

Redactor: Equipo de prensa de Vélez Dorado. 

Publicaciones y noticias relacionadas: