Defendemos sus intereses frente a cualquier procedimiento de restauración de la legalidad urbanística que la Administración haya iniciado contra su obra ilegal.
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El procedimiento de restauración de la legalidad urbanística es un procedimiento que pueden iniciar las administraciones cuando detectan una obra ilegal. Su objetivo es que la obra se legalice si es posible y, si no lo es, porque lo ejecutado no cumpla con normativa urbanística aplicable, que se demuela lo construido ilegalmente. Para hacer frente a este tipo de procedimientos, ofrecemos asesoramiento personalizado, analizando todos los escenarios, estableciendo objetivos realistas y trazando la mejor vía de actuación.
La administración puede iniciar este procedimiento cuando se haya ejecutado una obra sin licencia, o sin el título habilitante que corresponda o, incluso disponiendo de estos, cuando una obra no respete lo autorizado. Ante esta situación, es imprescindible entender cómo funciona este procedimiento y establecer la línea de defensa más acertada. Cualquier declaración o actuación puede acarrear graves consecuencias en el futuro.
Para evitar la demolición de una obra considerada ilegal, es crucial actuar desde el primer momento. Analizamos cada caso en detalle, estudiamos las opciones y trazamos la mejor estrategia de defensa, orientada a intentar anular el procedimiento y evitar la demolición. En Vélez Dorado nos especializamos en disciplina urbanística, desarrollando las estrategias jurídicas más efectivas para enfrentar estos procedimientos.
Nuestra prioridad es obtener el mejor resultado posible. Luchamos contra la administración, con lo que ello conlleva, y en más de una década hemos ayudado a centenares de clientes a defender sus obras y construcciones con total transparencia. Confiar en nosotros es sinónimo de estar trabajando con abogados de verdad, especializados en una única materia.
Somos conscientes de la preocupación que genera este tipo de proceso, por eso ofrecemos una defensa tan sólida como eficaz.
Análisis exhaustivo de su situación particular que nos permita identificar cualquier oportunidad para anular estos procedimientos.
Gestión integral del proceso administrativo, asegurando que se cumplan todos los plazos y requisitos legales, así como todas aquellas actuaciones tendentes a anular el procedimiento.
Representación legal en todas las instancias, defendiendo sus derechos y buscando las soluciones más favorables posibles.
No existe ningún plazo. Una administración siempre que detecte una obra ilegal puede iniciar un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística. Sin embargo, si dicha obra ha prescrito, el administrado puede oponerse a ello, demostrando dicha prescripción.
La principal medida de restablecimiento de la legalidad urbanística es la orden de demolición. Una vez dictada esta, y dependiendo de la comunidad autónoma, el plazo para su ejecución puede variar, pero suelen ir desde los 5 años, a los 15 años, e incluso en algunos casos no existe ningún plazo.
No, en absoluto. Una cosa es el plazo que dispone la administración para incoar un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística, que sería el plazo de prescripción de una obra; y otra cosa muy distinta el plazo del que, una vez dictada la demolición, dispone la administración para ejecutar esa orden de demolición.
De conformidad a la mayoría de legislaciones urbanística, el responsable siempre va a ser el propietario de la obra o el inmueble, con independencia de que haya sido él, o no, quien haya ejecutado la obra.
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