Si ha recibido una notificación informándole de que se va a realizar una inspección urbanística en su inmueble, en Vélez Dorado podemos asesorarle.
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Cuando la Administración tiene conocimiento de que en un inmueble se han ejecutado obras ilegales, puede intentar realizar una inspección urbanística para verificar la entidad de las obras ejecutadas y poder así tomar las medidas oportunas (incoación de un procedimiento sancionador e incoación de un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística).
Es importante, al recibir una notificación de este tipo, valorar la situación concreta del inmueble, de la obra y de toda la casuística del asunto para decidir si permitir el acceso al para realizar la inspección o no. Asimismo, es fundamental tener en cuenta que, mientras se trate de un domicilio y no exista una orden judicial que autorice la entrada, no es obligatorio permitir el acceso al inmueble a los inspectores de la Administración.
Cuando la Administración tiene conocimiento, por cualquier motivo, de la existencia de una obra sin licencia, puede intentar hacer una inspección urbanística con el objetivo de identificar correctamente las obras de las que se trata. Normalmente, esto ocurre cuando las obras no se ven desde la vía pública.
En Vélez Dorado contamos con una amplia experiencia en disciplina urbanística y, en concreto, en el asesoramiento ante notificaciones de inspecciones urbanísticas. Estudiaremos su caso en detalle para establecer con claridad cuál es la situación y le explicaremos todas las consecuencias, tanto de permitir la inspección como de negarse a que los inspectores accedan al inmueble, para que pueda tomar una decisión informada.
El objetivo de una Administración al realizar una inspección urbanística es comprobar la existencia de obras o usos ilegales, así como evaluar su magnitud. Normalmente, la Administración tratará de realizar una inspección cuando las obras no sean visibles desde la vía pública. La finalidad de la inspección es identificar correctamente las obras para poder iniciar un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística, un procedimiento sancionador, o ambos.
Siempre que se trate de un domicilio y de que no exista una autorización judicial que autorice la entrada de los inspectores, sí puede negarse a que realicen una inspección. En la siguiente publicación puede leer más sobre esto.
Si se niega a que la Administración acceda a su domicilio para realizar una inspección urbanística, esta puede amenazarle con imponerle una sanción por obstaculizar la labor inspectora. No obstante, estas multas son ilegales, y normalmente casi nunca se imponen por ese mismo motivo. En la siguiente publicación puede leer más sobre esto.
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