Anulamos la demolición y evitamos multas de 1.600 € de la Confederación Hidrográfica del Tajo en Ávila
La Confederación Hidrográfica del Tajo inició un procedimiento sancionador contra la propietaria de una finca en Sotillo de la Adrada (Ávila), por la construcción de una solera de hormigón y la instalación de un cerramiento perimetral en las proximidades del río Tiétar.
La Administración pretendía exigir la retirada de ambas actuaciones y había propuesto multas por importe de 1.600 euros.
Lo sorprendente del expediente es que la propia Confederación había autorizado el cerramiento en 2011 y conocía desde 2021 la existencia de la solera. Pese a ello, continuó exigiendo la restitución de los terrenos.
Desde Vélez Dorado conseguimos evitar las sanciones económicas y, finalmente, la anulación de la obligación de retirar las obras.
Provincia: Ávila.
Municipio: Sotillo de la Adrada.
Categoría del servicio: Derecho administrativo sancionador, dominio público hidráulico y defensa frente a órdenes de restitución.
Servicio relacionado: Defensa en vía administrativa.
Tipo de inmueble: Finca rústica próxima al río Tiétar.
Obras perseguidas: Solera de hormigón de 8 × 5 metros destinada a la instalación de una mobil home y cerramiento perimetral de la finca.
Administración interviniente: Confederación Hidrográfica del Tajo.
Legislación aplicable: Texto Refundido de la Ley de Aguas, Reglamento del Dominio Público Hidráulico, Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común y Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Complejidad: Alta. Existían informes y documentos de la propia Confederación que contradecían los hechos atribuidos a la propietaria, además de importantes deficiencias probatorias y procedimentales.
Actuaciones realizadas
- Formulación de alegaciones frente a la incoación del procedimiento sancionador, solicitando la retirada de las multas propuestas de 600 y 1.000 euros.
- Aportación de la autorización concedida por la propia Confederación en 2011 para el cerramiento perimetral.
- Acreditación de la antigüedad de la solera mediante documentación e informes administrativos de 2021, frente a las afirmaciones contradictorias de posteriores informes de inspección.
- Impugnación de la insuficiencia probatoria y de las irregularidades cometidas durante la tramitación del procedimiento.
- Interposición de recurso de reposición contra la resolución que mantenía la obligación de restituir los terrenos, alegando, entre otros motivos, la caducidad del procedimiento sancionador.
Resolución del expediente
Durante la tramitación del procedimiento conseguimos que no se impusieran las multas económicas inicialmente propuestas, por un importe conjunto de 1.600 euros.
Posteriormente, mediante resolución de 21 de abril de 2026, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo estimó nuestro recurso de reposición, al reconocer que el procedimiento sancionador había caducado.
La estimación dejó sin efecto la resolución que imponía la obligación de restituir los terrenos, evitando la demolición de la solera y la retirada del cerramiento.
El asunto terminó favorablemente en vía administrativa, sin necesidad de acudir a los tribunales.
