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En la siguiente publicación vamos a explicar en que consiste el régimen de la ” declaración responsable”

Introducción (importante leer)

Cuando pretendemos desarrollar una nueva actividad privada, abrir un nuevo negocio por ejemplo, el lugar donde vamos a desarrollar nuestra actividad ha de cumplir una serie de requisitos. La responsabilidad de que se cumplan estos requisitos recae en el Ayuntamiento de la localidad en la que se vaya a desarrollar la actividad (incluso en otras Administraciones si la actividad lo precisa).

Tradicionalmente, la autorización administrativa ha sido la forma de actuación de las Administraciones Públicas para asegurarse de que se cumplieran los requisitos pertinentes, el problema es que dicha forma de actuación dotaba de gran lentitud al desarrollo de nuevas actividades. Para paliar este problema, se decidió articular a través de varias leyes impulsadas por el derecho comunitario europeo, el sistema de “declaración responsable”.

¿Qué es la declaración responsable?

Según el artículo 3 de la Ley 17/2009 de libre acceso a las actividades de servicios, podemos definir la declaración responsable como “el documento suscrito por la persona titular de una actividad empresarial o profesional en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad”.

Es decir, quien va a realizar la actividad pone en conocimiento de la Administración competente, que se hace responsable justamente de lo que comunica, pudiendo así llevar a cabo la actuación o actividad declarada, asumiendo que si la actividad no se ajustase al derecho la declaración responsable carecería de eficacia y por consiguiente lo ejecutado o puesto en marcha también, todo ello bajo su responsabilidad. No obstante, la administración deberá comprobar que nuestra actividad se ajusta a la normativa, lo cual recibe el nombre de autocertificación, con la máxima celeridad posible.

Problemática de la declaración responsable

La realidad es que este régimen, que se estableció para agilizar la puesta en marcha de nuevas actividades y eliminar las intervenciones innecesarias de la Administración, carece de eficacia. Esto sucede por una sencilla razón, y es que, la Administración entre que se ejecuta una actividad, se comprueba, se revisa y se constata que efectivamente se ha realizado de conformidad con la normativa, transcurre un largo periodo de tiempo. Y finalmente lo que se suponía que iba a mejorar el sistema antiguo proporciona iguales o peores resultados, ya que incluso se puede estar ejerciendo una actividad creyendo que todo está en perfectas condiciones y, pasado un tiempo, tras la inspección, resulte que no.

El principal problema es que si no dotamos a la Administración de los medios necesarios, por más que intentemos instaurar un régimen de control administrativo más ágil, este carece de eficacia. Con lo cual, el régimen de declaración responsable termina siendo prácticamente lo mismo que ya existía, con la única diferencia de que las actuaciones de control por parte de la Administración se ejercen con posterioridad al inicio de la actividad y no antes.

Y resulta que después de haber transcurrido un gran lapso de tiempo, hasta un año en ocasiones, la Administración empieza a ejercer sus funciones de control, por supuesto necesario, pero totalmente fuera de plazo, y empieza a requerir documentación, y más documentación, y acreditaciones, y un sin fin de cosas más, paralizando los negocios ya puestos en marcha y creando un nuevo colapso.

Somos conscientes de que la declaración responsable es un acto jurídico privado y que, por supuesto, se lleva a cabo bajo la responsabilidad del solicitante, y que dicha declaración responsable está sometida a un control administrativo posterior, pero no obstante, este debe hacerse en un periodo de tiempo razonable y, además concordante con el sentido de la norma. De otro modo, hace sentir a los ciudadanos con iniciativa para poner en marcha nuevos negocios, en un estado de inseguridad jurídica y desprotección. 

Conclusión

A modo de conclusión, podríamos concluir con varias ideas sobre la declaración responsable:

  • Que por el momento no ha tenido la eficacia esperada.
  • Que de nada sirve instaurar regímenes novedosos, con intención de aligerar los trámites a la hora de poner en marcha una nueva actividad, si no dotamos a la Administración de las herramientas necesarias para llevarlos a cabo. 
  • Que de esta forma estamos provocando en los emprendedores una sensación de inseguridad jurídica a la hora de iniciar dichas actividades.

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Redactor: Equipo de Vélez Dorado. Área de Urbanismo.

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