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¿Qué dice la ley sobre las órdenes de demolición?

Las órdenes de demolición son resoluciones administrativas, generalmente dictadas por los ayuntamientos o las  comunidades autónomas que obligan a derribar una construcción por no ajustarse a la legalidad urbanística. Aunque puedan parecer decisiones extremas, lo cierto es que están reguladas por una normativa específica que determina en qué casos pueden dictarse y bajo qué condiciones. Si usted se encuentra ante una de estas órdenes, es fundamental conocer qué dice la normativa de demoliciones en España y qué requisitos deben cumplirse para que dicha orden sea válida.

¿En qué normativa se regulan las demoliciones en España?

La normativa de demoliciones en España se recoge, principalmente, en:

  • El Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre).

  • Las leyes urbanísticas autonómicas, que desarrollan esta materia en el ámbito de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Cataluña rige el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, y su reglamento de desarrollo (Decreto 64/2014), y en Madrid rige la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece los derechos y garantías de los ciudadanos durante el procedimiento, incluyendo los relacionados con la disciplina urbanística.

Estas normas habilitan a las administraciones para ordenar la demolición de construcciones que vulneren la normativa urbanística, pero solo si se respetan unos principios legales y los derechos del administrado.

Requisitos para dictar una orden de demolición

Una orden de demolición no puede dictarse de manera automática o discrecional. La normativa exige que se cumplan determinados requisitos:

  1. Existencia de una infracción urbanística: por ejemplo, la ejecución de obras sin licencia o en contra de los términos de la misma.

  2. Imposibilidad de legalización o falta de obtención del título habilitante que la ampare: la orden de demolición puede ser dictada si, habiéndose otorgado plazo para legalizarla, no se ha obtenido su legalización o sí, queda demostrado en el procedimiento de restauración de la legalidad que la obra no es legalizable (por se manifiestamente ilegalizable).

  3. Procedimiento administrativo debidamente tramitado: se debe respetar el procedimiento legal establecido, incluyendo la notificación al interesado, el trámite de audiencia (si es que no se ha dado trámite para legalización) y la motivación adecuada de la resolución.

En definitiva, la normativa de demoliciones ofrece un marco legal para proteger el interés general, pero también para garantizar los derechos de las personas afectadas. 

Si usted ha recibido una orden de demolición, resulta esencial contar con el asesoramiento adecuado para verificar si se han respetado todos los requisitos legales y, en su caso, ejercer los mecanismos de defensa oportunos.

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Fuentes

BOE

Normativa urbanistica

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