Vélez Dorado ha conseguido anular otra orden de demolición de otra vivienda en la Sierra de Santa Bárbara, en Plasencia, así como una multa coercitiva que había sido impuesta a los propietarios por no demoler.
El pasado mes de septiembre el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cáceres estimaba el recurso interpuesto por Vélez Dorado contra una orden de demolición de una vivienda y una multa coercitiva por no ejecutar dicha demolición, anulando así los dos actos administrativos.
La vivienda se ubicaba en el término municipal de Plasencia, más concretamente, en la Sierra de Santa Bárbara y sobre la misma recaía una orden de demolición desde el año 2012. Tras 9 años desde que se dictase la orden de demolición, el Ayuntamiento intentó que se ejecutase, iniciando a los propietarios de la vivienda un procedimiento para la imposición de multas coercitivas por no demoler en 2021, llegando a imponer una primera multa coercitiva.
El Despacho recurrió tanto la orden de demolición como la multa coercitiva, y finalmente, tras un año de pleito, el Juzgado ha fallado a nuestro favor anulando las dos resoluciones.
Sin duda son buenas noticias para los propietarios de las viviendas de la Sierra de Santa Bárbara, que a expensas de si sale adelante o no la regularización de la zona, por el momento no les queda otra que acudir a los tribunales para intentar anular las órdenes de demolición y evitar que estas se terminen ejecutando.
Estudiamos su caso:
La anulación de una orden de demolición en sede judicial es una tarea compleja y para llegar a conseguirlo antes hay que estudiar minuciosamente todo el expediente administrativo y establecer si hay viabilidad para ello. Si usted tiene un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística que ha terminado con una orden de demolición puede ponerse en contacto con nosotros y estudiaremos la viabilidad de acudir a contencioso y anular la orden de demolición. Puede ponerse en contacto a través de las siguientes vías:
Teléfono: 911013711
E-mail: info@velezdorado.com
Redactor: Equipo de Vélez Dorado
Fuente: Vélez Dorado.
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se puede imponer una coercitiva si la orden de demolición de 2007 esta ya prescrita o bien por haber pasado los 15 años o bien por haber pasado los 5 años desde octubre de 2015?
Habría que estudiar si de verdad ha prescrito esa orden de demolición o no. Porque puede que la orden se dictase hace 40 años, pero si el Ayuntamiento ha ido dictando actos tendentes a su cumplimiento, el plazo se ha ido interrumpiendo y volviendo a empezar de cero. Si desde que se dicta la demolición, a hoy, no se ha hecho nada, entonces sí podríamos hablar de prescripción de la orden de demolición y las multas no serían válidas.
no se habria recibido notificación alguna al respecto. O bien basta dictar el acto y no influye la notificación al infractor?
gracias