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¿Cuándo se puede recurrir una orden de demolición?

  • En vía administrativa: ante quien la dictó en el plazo de un mes desde que recibió la notificación de la orden de demolición mediante recurso de reposición, o recurso de alzada (cuando corresponda).
  • En vía judicial: ante el juzgado de lo contencioso administrativo que corresponda en el plazo de dos meses desde que recibió la orden de demolición o, dos meses desde que se le notificó la desestimación del recurso en vía administrativa interpuesto contra la orden de demolición.

¿Qué es una orden de demolición?

Jurídicamente, una orden de demolición  es el acto administrativo finalizador de un procedimiento de disciplina urbanística. Es la orden que se le impone al titular de un expediente administrativo de demoler unas obras que no se ajustan a la licencia concedida o, directamente, a unas obras realizadas sin licencia.

He recibido una orden de demolición ¿qué consecuencias tiene una orden de demolición?

  • Si no se recurre: la orden de demolición quedará firme y se estará habilitando al Ayuntamiento para que ejecute esa orden de demolición.  Si no se recurre la orden de demolición, habremos perdido dos oportunidades: 1. la de suspender la demolición y 2. la de discutir la legalidad de la orden de demolición. Por eso, siempre es pertinente recurrir una orden de demolición. En caso contrario, antes o después, la obra será demolida.
  • Si se recurre: conseguimos cuatro objetivos fundamentales: 1. paralizar la orden de demolición 2. no dejar firme la orden de demolición. 3. abrir el camino a una posible discusión sobre la legalidad de la orden de demolición y 4. disfrutar de la obra por más tiempo.

¿Que se puede hacer? ¿cómo actuar si me han denunciado?

Lo primero que debe hacer si ha llegado hasta aquí leyendo, es leer esta publicación: Obras ilegales, ¿cómo actuar si me han denunciado?

Lo segundo es analizar el caso. Nuestro sistema jurídico nos dota de una cantidad ingente de herramientas jurídicas para defendernos ante una orden de demolición. No obstante, para poder ponerlas en marcha, lo más recomendable es establecer un buen análisis de la situación. En este análisis hay que estudiar la obra, la legalidad de la misma, la posibilidad de legalización, los errores procesales del procedimiento, las competencias, etc. No hay que precipitarse. Conocemos muchos casos de personas que agobiados por el Ayuntamiento deciden demoler sus obras y que, estudiado el caso con posterioridad resultaba que la orden de demolición, por ejemplo, era nula.

Antes de nada, analice la situación

En Vélez Dorado siempre recomendamos analizar la situación. En Vélez Dorado nos ofrecemos a analizar su caso, puede rellenar usted mismo el siguiente formulario y tendrá en 24-48 un análisis realizado por un experto en disciplina urbanística. Además, puede ponerse en contacto telefónico con nosotros en el 911 01 37 11, enviarnos su consulta a info@velezdorado.com.

Formulario de análisis de orden de demolición.

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