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¿Debo pedir un Certificado de Prescripción de Obras sin licencia?

 Ojo con solicitar certificado de prescripción de obras sin haber analizado perfectamente la situación.

 

Hace ya varios años que publicamos esta publicación (Solicitud de Certificado de Prescripción de Obras sin licencia), en la que explicábamos qué es un certificado de prescripción de obras, para qué sirve, qué requisitos son necesarios, y otras cuestiones relacionadas con la solicitud de un certificado de prescripción de obras. Hoy, sin embargo, venimos a responder a la pregunta de si se debe pedir ese certificado de prescripción tan alegremente, o no. Si es conveniente, o no, y qué peligros puede ocasionar.

Serán muchos los abogados, arquitectos, y demás empresas del sector que le digan que sí, que lo pida, le cobrarán, le harán la solicitud, y la presentarán al Ayuntamiento, pero desde Vélez Dorado aconsejamos, antes de solicitar nada, un estudio muy, pero que muy exhaustivo de las circunstancias antes de solicitar un certificado de prescripción.

En primer lugar, se ha de decir que tener un certificado de prescripción de una obra no sirve para casi nada (OJO, a veces sí). Tener una obra prescrita no significa, ni de lejos, que la obra sea legal. Como mucho, se tendrá el derecho de inscribirla en el Registro de la Propiedad pero es que, la realidad, es que esto tampoco sirve para casi nada, porque el hecho de que una obra ilegal prescrita esté registrada en el registro de la propiedad no le otorga ninguna legalidad urbanística a esa obra. Aquí una publicación relacionada con este asunto. (¿Se puede legalizar una obra por prescripción de una obra?)

Para lo que puede servir una solicitud de certificado de prescripción de obras, muchas veces, es para acabar levantando la liebre en el Ayuntamiento, que este no «compre» la prescripción de la obra, y que inicie un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística y acabe dictando una orden de demolición sobre la obra. Y casos como esos han entrado al Despacho, y muchos. Y por supuesto, el profesional que pidió ese certificado sin explicarle los riesgos a su Cliente, ni está ni se le espera. Pero el dinero sí lo cobra.  Es decir, que muchas veces, por intentar «mejorar» una situación, la acabamos empeorando y, honestamente, si un profesional hace que su Cliente acabe estando peor de lo que ya estaba, es mejor que no haga nada.

Para solicitar un certificado de prescripción, lo primero que hay que hacer es explicarle al Cliente para qué sirve ese certificado, y que este entienda qué utilidad puede tener para él. Muchas veces, una vez explicado esto, al Cliente se le quitan las ganas de solicitar el tan ansiado certificado.

Por supuesto que pueden existir casos en los que sí es necesario -incluso recomendado- solicitar dicho certificado, pero no son los más habituales. Algunos casos en los que puede ser interesante solicitar un certificado de prescripción serían los siguientes:

  • Se va a vender una vivienda con obras ilegales.
  • Se va a comprar una vivienda con obras ilegales.
  • Se va a realizar una obra en una vivienda en la que existen obras ilegales, y se debe dejar constancia que existe una ampliación ilegal, por ejemplo, para que, cuando se ejecuten las obras no parezca que esa ampliación se ha realizado recientemente.
  • Se tiene un vecino pesado y aburrido que amenaza constantemente con denunciar una obra ilegal ya prescrita.
  • Se necesita un certificado de antigüedad para poder obtener todos los servicios necesarios en una vivienda (AFOS).
  • Cualquier otro que para el Cliente pueda ser de su interés concreto.

Nuestra recomendación es que, si usted quiere pedir un certificado de prescripción de obras, primero se asesore con un profesional honrado que le informe de si merece la pena, o no, solicitarlo, y sobre todo, que se informe de qué es lo que va a conseguir con ese certificado. Después de esto, y si usted sigue interesado en solicitarlo, hay que estudiar si somos capaces de probar que las obras han prescrito (dejamos otra publicación sobre los medios probatorios de la fecha de terminación de las obras), y una vez que esté claro que se puede demostrar, entonces, proceder a solicitar dicho certificado. Y, sobre todo, conocer los riesgos que tiene el ir al Ayto. a «enseñarle» nuestra obra ilegal, y solicitarle que nos declare su «prescripción». 

En definitiva, si tiene cualquier duda, puede ponerse en contacto con nosotros. Además, si usted está interesado en obtener un Certificado de su Ayuntamiento en el que se certifique la antigüedad de sus obras y la prescripción de las mismas, nosotros le realizamos un análisis previo de la viabilidad.

Si necesita cualquier aclaración, o tiene cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros a través de las siguientes vías: 

Teléfono: 911 01 37 11

Correo electrónico: info@velezdorado.com

 

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