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Prescripción de construcción ilegal en suelo rústico: ¿cuándo prescribe una obra sin licencia?

Prescripción construcción ilegal en suelo rústico

Cuando nos preguntan «¿cuánto tiempo tiene que pasar para la prescripción construcción ilegal en suelo rústico?», esta es, sin duda, una de las cuestiones más frecuentes que nos plantean los clientes. La inquietud suele surgir en tres supuestos principales: porque ya se ha realizado la obra, porque se pretende realizarla o porque la obra se ha ejecutado y ha sido denunciada.

Para responder con precisión, es necesario tener en cuenta que la prescripción de una construcción ilegal en suelo rústico debe analizarse desde dos perspectivas distintas: la dimensión administrativa y la dimensión penal.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que prescriba una construcción ilegal?

Prescripción administrativa

Desde el punto de vista administrativo, cada comunidad autónoma establece en su normativa urbanística los plazos para que la administración pueda actuar. Aquí debemos diferenciar dos plazos clave:

  • El plazo para que la administración obligue a demoler la obra ilegal. Este plazo varía según la comunidad autónoma y puede consultarse en 👉 tablas específicas de plazos.

  • El plazo para que la administración imponga una sanción económica. También depende de la normativa autonómica correspondiente, o ver nuestra 👉 tabla

Es importante señalar que, erróneamente, muchos clientes creen que el pago de una sanción administrativa exime de la obligación de demoler la obra. Sin embargo, pagar la sanción no extingue el deber de demolición si la orden está vigente.

Prescripción penal

En cuanto a la dimensión penal, la realización de una obra sin licencia en suelo rústico puede constituir un delito contra la ordenación del territorio. Las consecuencias penales pueden incluir:

  • Penas de prisión de 1,5 a 4 años.

  • Orden de demolición de la obra.

  • Pago de indemnizaciones a afectados.

  • Inhabilitación profesional para promotores, constructores o técnicos directores durante 1 a 4 años.

El Código Penal establece un plazo general de prescripción de 5 años para delitos cuya pena máxima no supere los 5 años de prisión, como es el caso de la construcción ilegal en suelo rústico.

👉Aquí una publicación de Vélez Dorado, haciendo una crítica a la desproporción de este delito.

⚠️ Muchísimo cuidado: cada vez hay más normativas donde no prescriben nunca las obras ilegales en suelo rústico

En los últimos años, algunas comunidades autónomas han introducido modificaciones legales que impiden la prescripción de obras ilegales en suelo rústico. Esto significa que la administración puede ordenar la demolición en cualquier momento, sin límite temporal, aunque hayan pasado muchos años desde la ejecución de la obra.

Estas reformas legales responden a un endurecimiento del control urbanístico en suelo no urbanizable, especialmente en zonas protegidas o de especial valor territorial, con el objetivo de preservar el medio ambiente y el paisaje.

Por ello, es fundamental informarse bien y no confiar en que el paso del tiempo por sí solo garantice la impunidad o la posibilidad de legalizar la construcción.

⚠️Que una obra prescriba no quiere decir que sea legal, ni que se legalice

Un error muy habitual es pensar que, si una obra ha prescrito, automáticamente se considera legal o que puede ser legalizada sin más trámites. Nada más lejos de la realidad.

Una obra prescrita sigue siendo ilegal, aunque haya extinguido la posibilidad de sanción o de orden de demolición por parte de la administración. Esto implica que:

  • No podrá obtener licencias urbanísticas asociadas.

  • No podrá regularizarse sin un expediente específico de legalización, siempre que la normativa vigente lo permita.

👉 Aquí le explicamos en detalle este concepto.

¿Es posible legalizar una obra ilegal prescrita en suelo rústico?

La cuestión de si una obra ilegal prescrita puede legalizarse depende de la obra, y deberá ser estudiado por técnico. En términos generales:

  • La prescripción administrativa puede extinguir la facultad de la administración para exigir la demolición o imponer sanciones, pero no implica que la obra pueda legalizarse automáticamente.

  • La prescripción penal extingue la acción penal, evitando así posibles consecuencias penales.

Sin embargo, la legalización de una obra en suelo rústico es un proceso complejo que requiere un análisis detallado del planeamiento urbanístico vigente, la naturaleza de la obra y la normativa aplicable.

En cualquier caso, ante dudas sobre si una obra ha prescrito o sobre las posibilidades de legalización, recomendamos contactar con profesionales especializados en derecho urbanístico para obtener un asesoramiento personalizado y adecuado.

📞 Contacto y asesoramiento profesional

Si tiene dudas sobre la prescripción de obras ilegales en suelo rústico o necesita ayuda para valorar su situación legal, no dude en contactar con nuestro despacho, o consulte nuestros servicios. Un buen asesoramiento puede evitarle problemas legales y económicos.

Fuentes

Código de Derecho Urbanístico estatal

Normativa urbanística Autonómica

224 Comentarios

  1. Gomez Christian

    CHRISTIAN GOMEZ
    21:12 (hace 4 minutos)
    para info

    Buenas.

    Estoy cerca de adquirir un terreno de uno 2500 m2 en la zona moraleda zafayona andalucia con una casa construida desde 1983 así aparece en el catastro como ibi rustica en otro ibi urbana mi pregunta me la puede demolir ? es visto esto BOE-A-2021-20916 que despues de 6 años no puede

    tiene luz e agua todo con contador de la urbanizaciones

    espero noticias rapido debe dar respuesta martes

    Responder
    • Enrique Vélez Dorado

      Gracias por su comentario. Para valorar si una edificación puede ser objeto de demolición es imprescindible analizar múltiples factores: situación urbanística concreta del terreno, existencia o no de expediente sancionador o de restauración de la legalidad, documentación registral y catastral, entre otros.

      Por este medio no podemos emitir una opinión jurídica sin estudiar la documentación. Si desea que revisemos su caso puede contactar con nosotros directamente en el 91 101 37 11 o escribirnos a info@velezdorado.com, y le indicaremos los pasos a seguir.

      Un saludo.

      Responder
  2. José Pérez

    Buenos días, estamos en proceso comprar una casa construida en 1981 en suelo no urbanizable y actualmente falta inscribirla en el registro de la propiedad para que el banco nos dé la hipoteca.
    En el informe de legalidad del ayuntamiento nos indican lo siguiente:
    1)El edificio se encuentra en suelo no urbanizable y no consta que vaya a obtener licencia urbanística para su construcción por tanto, NO tiene la legalidad urbanística exigida. La construcción se encuentra fuera de ordenación
    2)El régimen de usos | obras de la edificación existente, será el del artículo 108 del Decreto es 1/2010 de 3 de agosto por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Urbanismo (TRLUC)
    3)Actualmente no consta ningún expediente de protección de la legalidad urbanística ni ningún expediente sancionador en curso sobre esta finca.

    El miedo que tenemos es que compremos la casa y después nos digan que es ilegal y que la van a demoler.

    Muchas gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si la obra ha prescrito, no pueden demolerla, ahora bien, comprar una casa en fuera de ordenación (mejor dicho, en situación de asimilado a fuera de ordenación), es algo delicado; entre otras cuestiones porque sobre esa vivienda prácticamente no se van a poder hacer obras más allá de las pequeñas obras de conservación y mantenimiento. Mucho cuidado al comprar este tipo de viviendas; pueden ser una gran oportunidad, pero lo cierto es que, si no se sabe bien lo que se compra (y las consecuencias), pueden acabar trayendo muchos dolores de cabeza. Si tiene cualquier duda, no dude en ponerse en contacto con nosotros y agendar una cita. Un saludo

      Responder
  3. Jose Garcia

    Buenos días, muy buen articulo.

    En mi caso estoy viendo una casa en una parcela de suelo rustico que quiero comprar en Alicante (Comunidad Valenciana) todo me pareció perfecto, el problema es que la parcela tiene un almacén/garaje muy grande, de unos 150 metros cuadrados, nos comentaron que ese almacén no estaba registrado en el catastro pero al ser antiguo no había problema, todo lo de 2015 hacia atrás esta «legal». Mire en google earth y me di cuenta que en 2015 ese almacén no estaba ahí, que es de 2018 por lo que se le aplica la nueva normativa de los 15 años.

    Mi miedo es que si compro la vivienda pueda llegarme una multa económica, pero leyendo vuestro articulo entiendo que el tiempo para recibir una sanción económica (o penal) ya ha prescrito por lo que no podrían multarme de ninguna manera por ese almacén, lo mas grave que podria ocurrirme es que me obliguen a demolerla ¿Es así?

    Muchas gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes Jose, por este medio no podemos dar respuesta a consultas tan concretas. Lo que sí podemos decirle es que la acción de restauración de la legalidad urbanística recae sobre quien sea el propietario de la obra, mientras que la sancionadora sólo recae contra quien ejecutó esa obra (aunque a veces coincida con el promotor), es decir, que si quien compra no ha realizado la obra, como mucho pueden obligarle a demoler pero no sancionarle. En cualquier, si quiere que analicemos su caso, puede ponerse en contacto con nosotros al 911013711 o, directamente, a info@velezdorado.com

      Responder
  4. Jose

    Buenas tardes,

    Tengo un vecino que hace un año comenzó unas obras de construcción de una vivienda, cuando solicitamos información al ayuntamiento confirmó la carencia de licencia y puso un cerco que terminó rompiendo. Finalmente tras recibir multas del ayto desistió la construcción pero ahora un año después continúa construyendo.el objetivo es hacer una segunda casa rural (como si la primera no produjera suficientes molestias a los vecinos) Hemos notificado al ayto pero aún no lo han revisado y la edificación cada vez está más alta… deberíamos denunciar para que no termine la obra? Que nos recomiendan?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, no solemos responder preguntas de carácter tan personal, no obstante, ya le adelantamos que en el despacho no llevamos asuntos a denunciantes. Aún así, por supuesto que si se está ejecutando una obra sin licencia, se ha de denunciar ante el Ayto., y si este no hace nada, se podría incluso presentar una denuncia a la Fiscalía. Un saludo

      Responder
  5. Alejandra

    Hola!

    En primer lugar quiero agradecerles sus contribuciones a los ciudadanos desorientados …

    Tengo interes en comprar una casa en terreno rustico. Tiene servicios, paga IBI y tiene AFO. Se encuentra en un barrio con otras casas en igual situacion.

    Mi preguntas son:

    si no tiene ninguna causa abierta y ya fue «asimilada» podrian ordenar su demolicion? Por ejemplo, si el ayuntamiento tuviese planificado algo para esos terrenos?

    Deberia informarme en planificacion urbana a este respecto?

    Si ya tiene AFO, cuanto cuesta asentarla en el registro de la propiedad y que hace falta?

    Que es una cedula de habilitacion? La necesito?

    Gracias!

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, son demasiadas preguntas por este medio. A bote pronto le diríamos que si ya está con el AFO, el Ayuntamiento no puede iniciar ningún procedimiento contra la obra para ser demolida. Cuestión distinta sería el caso de una expropiación, por ejemplo. Y sí, por supuesto debe informarse en Urbanismo antes de hacer ninguna operación. Si quiere que profundicemos más en el asunto y aclarar todas las dudas, puede solicitar una consulta al 911013711 o, directamente, a info@velezdorado.com. Gracias.

      Responder
  6. Alejandro

    Buenas tardes,

    Tenemos la posibilidad de comprar una casa rural en Zaragoza a la que en el 2020 se le hizo una reforma integral (ampliaron la casa de 50 a 120 metros y cambiaron el baño). Si compráramos esta casa, aunque no hubieramos hecho nosotros las obras, ¿nos podrían multar o demoler la casa? De ser la respuesta afirmativa, ¿cuándo prescribiría la posible orden de demolición y las multas en este tipo de obras? O sea, ¿cuántos años habría que esperar para poder comprar la casa con «tranquilidad»?

    Un saludo y muchas gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si la obra tenía licencia, todo sería legal, si no la tiene, a ustedes no les podrían multar (siempre que demuestren que las obras estaban hechas antes de la compra), pero sí podrían obligarles a demoler. Si quiere que ampliemos más información, puede solicitar una cita al 911073711 o, directamente, a info@velezdorado.com

      Responder
  7. JORGE

    Hola. Que tipo de obra se permite un finca rústica con una casa que tenga el AFO.? Se puede hacer una reforma integral sin modificar la fachada? Podría en tal caso cambiar ventanas, suelo, cocina y baño?

    Muchas Gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tarde, eso depende de la comunidad autónoma en la que se encuentre la obra. Si existe un AFO, normalmente, en la declaración de AFO ya se indica el tipo de obras permitidas. No obstante, si lo desea, y desea que profundicemos, puede agendar una cita con nuestros abogados al 911013711 o a info@velezdorado.com

      Responder
    • EVA CID GONZÁLEZ

      Total un cabron envidioso como muchos desgraciados infelices

      Responder
  8. Amalia

    Hola, tengo una parcela adquirida en 1977 con vivienda y piscina construida desde esa fecha hasta 1985 aproximadamente. En un principio se adquirió como huerto familiar en suelo rustico, pero al poco tiempo y cuando ya se había construido el Ayuntamiento empezó a cobrar IBI Urbana. Ahora aparece en catastro como urbana y en el registro me dicen que no pueden poner que la finca es urbana porque necesitan la cedula de urbanismo en la que se califica como tal y el Ayuntamiento no la da. Qué puedo hacer si desde hace 40 años estoy pagando como urbana y la certificación catastral es urbana y ahora el Ayuntamiento no me da la cédula?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Lo que diga Catastro es irrelevante a nivel urbanístico. Si el suelo es urbanísticamente no urbanizable, el Ayuntamiento nunca va a decir que sea urbana. Otra cosa es que en Catastro estén cobrando como urbano algo que es rústico, en cuyo caso habrá que intentar que lo cambien.

      Responder
      • gemma

        yo estoy también así me cobran como urbano algo que según el ajuntamiento es no urbanizable, casas más nuevas las han urbanizado y a nosotros nada, hay alguna ley o algo que podamos hacer y si nos quejamos del ibi y pagamos como rústico nos perjudica luego al urbanizar

  9. Adrián

    Hola!

    Vamos a comprar una finca en Valdemoro, Madrid. Es una casa construida en suelo rústico con terreno. En urbanismo nos han dicho que no podemos poner nada que haga que la casa aumente su valor (cómo placas solares). ¿Esto es así?

    Gracias y un saludo!

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, no es exactamente así. Para poder saber qué régimen de obras está permitido deberíamos saber en qué situación legal se encuentra esa vivienda. Si fuera una obra ilegal que ya está prescrita, efectivamente no se podrían hacer más que obras de conservación y mantenimiento. Desde nuestro punto de vista, instalar placas solar no es hacer ninguna obra, es hacer una instalación, pero también hace falta licencia para hacerlo, por lo que si la obra está en situación similar a fuera de ordenación por haber prescrito, lo más normal es que el Ayto. no os de licencia. Un saludo.

      Responder
  10. Luis

    Buenos días,

    Tengo una finca con una casa en ruinas que debe ser de los años 1930-1940 y que hoy en día aparece como suelo agrario / ruinas. Ya que está muy cerca de un río, es la confederación del río la que tiene que autorizar el poder rehabilitarla. El ayuntamiento competente dice que no hay problema si la confederación lo permite, pero en la confederación me han denegado la autorización a rehabilitarla. Qué sanción hay si lo hago igualmente?

    Gracias,

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, puede consultar las sanciones que pueden imponer las confederaciones hidrográficas en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Infracciones leves, multa de hasta 10.000,00 euros.

      Infracciones menos graves, multa de 10.000,01 a 50.000,00 euros.

      Infracciones graves, multa de 50.000,01 a 500.000,00 euros.

      Infracciones muy graves, multa de 500.000,01 a 1.000.000,00 euros.

      Responder
  11. Alejandro

    Buenos días, estamos pensando comprar una finca rústica en Garrapinillos, un barrio de Zaragoza, que tiene una casa construida en 1978 de unos 70 metros cuadrados y un terreno de unos 4000 metros cuadrados de árboles (principalmente albaricoqueros). En el catastro aparece como rústica agraria y en la nota simple solo pone rústica. La dueña nos leyó una parte del informe que hizo un tasador en la que ponía algo así como: «Protección ecosistemas productivos agrarios en el regadío alto tradicional». ¿Esto significa que es suelo no urbanizable de especial protección y que la posibilidad de que puedan derribar la casa no prescribe nunca? El de la inmobiliaria nos ha dicho que esas casas no las tiran, que los ayuntamientos lo que quieren es cobrar el IBI y que si ya lleva ahí 45 años, no la van a tirar ahora.
    Si me puede ayudar a esclarecer mis dudas se lo agradecería.

    Un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, para poder estudiar a fondo la situación de la vivienda tiene que ponerse en contacto con nosotros de manera privada y concertar una cita. Pero de antemano ya le adelantamos que parece, insistimos, parece, que sí, que está protegido, pero eso no tiene nada que ver con sin la pueden o no la pueden tirar y si prescribe o no prescribe, porque si la casa lleva hecha 45 años, seguramente no le afecte una posible imprescriptibilidad porque cuando entró esa ley (si es que aplicase), esa casa ya estaría hecha. Por otro lado «el de la inmobiliaria» lo que quiere es vender la casa. Ni se dedica a urbanismo, ni seguramente sea abogado, ni si lo fuese seguramente haya ejercido. Cuidado con los de «las inmobiliarias». Un saludo.

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  12. Leomary Salazar

    Buenas, tengo una pequeña parcela en la mancha que da directamente al rio por la parte de atras y a un camino rural por la parte de adelante… Colocamos una cerca por donde estaba la antigua linde (de hecho quedaban varios piquetes de los viejos por los cuales nos guiamos) y queremos alambrar por la linde del rio. Que consecuencias puede tener el haber alambrado por el limite del camino y a que distancia deberia estar la linde del rio? Muchas gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, por este medio se intentan responder cuestiones generales, pero tan particulares no podríamos. Las consecuencias a nivel pueden ser sanciones y órdenes de retirar el vallado. Para realizar cualquier actuación se precisa la correspondiente licencia, incluso si se linda con algún río, podría ser necesaria la autorización de la Confederación competente.

      Responder
  13. Eva

    Voy a comprar un terreno rústico no urbanizable con una casa construida en el 2021 de 100 metros cuadrados, tiene dos años y medio, el anterior propietario le denunciaron por lo visto unos vecinos, pero no ha recibido ninguna notificación ni del Ayuntamiento correspondiente ni del juzgado por esto. Es en la comunidad Valenciana, por tanto veo que son 4 años de prescripción para infracciones/sanciones y 15 años para demolición. Mi pregunta es la siguiente, si yo construyo cualquier otra cosa, empieza a contar de nuevo el tiempo de prescripción para todo o sólo para lo que haga nuevo? Hay muchas terrenos similares en la zona y no sé de nadie que le hayan tirado la casa que ha hecho, sí que se le ha sancionado. Una vez que te sancionan se cierra la posibilidad de demolición?? Saludos.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Se podría defender que solo para la nuevo, pero hemos visto casos donde los Ayuntamientos lo meten todo como si de una única unidad constructiva se tratase, aunque nosotros no estamos de acuerdo. Y no, una cosa es la demolición, y otra la sanción, y pueden venir las dos juntas, o por separado, sin que una excluya a la otra.

      Responder
  14. Gabriel

    Buenas tarde
    Tengo una parcela rustica en Chinchon , Madrid de 4500 metros cuadrados…mi pregunta es si se puede vallar o esta prohibido si se trata de parcela rustica ?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que estudiar el planeamiento urbanístico de Chichón y ver qué establecen sus normas urbanísticas.

      Responder
  15. Alberto

    Buenas tardes,Me gustaría comprar una finca rústica de 5 hectáreas en Madrid con una construcción de 80 m2,en el ayuntamiento me han dicho que hay 3 expedientes sobre la finca abiertos de los años 2009,2010 y 2011.
    Saben si estos expedientes han prescrito ya?
    Leo que en la comunidad de Madrid prescriben a los 5 años y quisiera asegurarme.
    Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Los expedientes no prescriben. Prescriben los actos que en ellos se hayan dictado. Hay muchas clases de expedientes: sancionadores, de ejecución subsidiaria, de restauración de la legalidad etc. Una orden de demolición prescribe a los 5 años, siempre y cuando el Ayuntamiento no haya iniciado ningún procedimiento posterior de ejecución subsidiaria, si esto es así, ese plazo empieza a contar de nuevo. Hay que revisar muy bien cada expediente para saber qué se acordó y cuál ha sido su último trámite, y luego sacar conclusiones. Saludos.

      Responder
  16. DavidJB

    Hola,
    tengo una casa en un terreno rustico en Galicia, que lleva mas de 6 años acabada. El APLU ya hizo una notificacion por cese de obras hace un año y como esta lleva en catastro desde 2013 (fecha obra finalizada), querria saber si es posible instalar una chimenea o si esto se consideraria una modificacion de la casa en suelo rustico y por lo tanto me podrian sancionar por ello despues?
    Gracias de antemano.

    Responder
  17. Josefa Lobato

    Hola mi padre quiere repartir la herencia entre sus herederos , ya hizo partes . Y a mi me ha tocado un cortijo antiguo que él ya dio la baja en el registro de la propiedad.
    Mi pregunta es :
    ¿Si quiero construir puedo volver a darle el alta en el registro de la propiedad?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Si quiere construir en suelo no urbanizable lo primero es tener licencia o se podría estar cometiendo un delito contra la ordenación del territorio.

      Responder
  18. Jose Manuel

    Compre en noviembre un chalet urbano (rustico) con una referencia catastral de la parcela y otra dela vivienda. Pues bien, cuando entras en el catrasto resulta que sale la parcela, pero el vecino está ocupando parte de la misma, con una puerta de acceso a la misma, en el registro no hay nada registrado como servidumbre ni nada.
    ¿Que se hace en esos casos, la puedo reclamar como mia? El no quiere entender a razones.

    Muchas gracias

    Responder
  19. Asuncion

    Tengo una casa construida en terreno rustico en el año 1978, no se pidio ninguna clase de licencias ni permisos, a los pocos meses nos llego una fotografia de la vivienda y una multa que pagamos por construir, desde ese.mismo momento, ya nos empezaron a cobrar impuestos, Ibi etc, mi vivienda ya es legal? Pueden hacerla demoler?. Muchas gracias. Un saludo..

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si no tiene licencia urbanística no es legal. Si lleva ejecutada desde 1978 y no tiene ninguna orden de demolición, y no se han ejecutado más obras recientemente, es sumamente complejo que se pueda dictar una orden de demolición, y si se dictase, se podría defender su improcedencia. Un saludo.

      Responder
  20. Ares

    Hola, queremos comprar un terreno rustico de Cataluña, para construir un centro terapéutico vinculado a actividades en la Naturaleza.
    ¿Nos darían licencia de construcción?
    Tengo entendido que para camping y hoteles rurales si que dan licencias, pero, ¿una casa de «retiros terapéuticos» entra en este formato?
    ¿Qué otras actividades a parte de agricultura y ganadería se permiten en terreno rustico? ¿Qué maneras tenemos de justificar una construcción que tenga que ver con algo laboral, pero que no sea agrícola-ganadero?

    Quizás suena a pregunta personalizada, pero actualmente creo que es un tema que puede interesar a mucha gente.

    Muchas gracias por vuestra labor informativa

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Para saber eso, habría que estudiar la normativa urbanística concreta del municipio, porque cada municipio tiene su planeamiento municipal en el que se establecen los usos permitidos en las distintas clases de suelo. Saludos

      Responder
  21. Vicky

    Buenas tardes, queria preguntar una cosa. Tengo un terreno rustico de 1000 metros en calvarrasa de abajo en salamanca, por esa zona existen mas de 150 casas en terreno rustico, en marzo me puse a construir una vivienda de 67 metros y en agosto me llego la carta de paralización y de apertura de expediente, alegue pero me dijero que se consideraba un terreno rustico comun pero con asentamiento ilegal, no me han dado opción a legalizar dicen que lo tire y luego legalice. Lo que queria saber es si puedo hacer una casa de aperos y de cuantos metros, no queria llamar al ayuntamiento por que no me ayudan nada, por que una pregunta cada municipio tiene sus propias normas de casa de aperos? Y luego una casa mobile home podria poner? Que tenga ruedas y pueda moverla

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, 1. Sí, cada municipio tiene su normativa, y habría que estudiarla. 2. Mobil home es, a efectos urbanísticos, una vivienda, y van a pedir los mismos requisitos que para una obra convencional. Habría que estudiar la normativa municipal y autonómica para poder responder sus preguntas. Un saludo

      Responder
    • Asuncion

      Muchisimas gracias por su respuesta. Un saludo

      Responder
  22. julio

    El vecino me ha denunciado al ayuntamiento porque dice que el muro que construí en el 2016 no cumple las alineaciones que dicta el planeamiento municipal. El muro está en suelo rústico, en la comunidad de Cantabria. Al haber pasado mas de cuatro años prescribiria la obra?. La obra tiene licencia del ayuntamiento, y nunca se ha pasado nadie a comprobar si se hizo conrrectamente (manteniendo las alineacions correctas).

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que estudiar mejor el asunto, pero si la obra tiene licencia, la obra es legal. Otra cosa es no haberse atenido a la licencia concedida, entonces la obra es ilegal. Si ha pasado el plazo de «prescripción», puede haber «prescrito» la obra, salvo que estemos tratando de una obra que se ubica en suelo público, que seguramente no prescribirá nunca. Hay que estudiar mejor el caso. Un saludo.

      Responder
  23. Marina

    Hola, he comprado un terreno no urbanizable, que habría que hacer, que permisos pedir o que hago para poder construir una casa en el

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, acudir al Ayuntamiento y consultar qué se puede construir. Esa información vendrá en la normativa urbanística de su municipio que también puede consultar usted.Un saludo.

      Responder
  24. Víctor

    Hola buenas emos comprado una casa en terreno rustico .pero avenido un guarda forestal qu esta casa tenía una orden de derribo ..en el año 2009 ..pero al lado de la casa qu compramos hay más casas ..quería saber si aprescrito la orden de derribo o qu podemos aser … gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días, habría que estudiar todo ese expediente, y ver dónde se halla esa obra pero, en principio, podría ser que efectivamente esa orden de demolición ya haya prescrito. No obstante, como le digo, habría que estudiar todo el expediente antes de afirmar nada con rotundidad. Un saludo.

      Responder
      • Beatriz

        Hola mi madre tiene un terreno 20 años tenía una casita pequeña al crecer la familia emos aplicado un poquito está todo rodeado de casetas con piscina .. hoy le a llegado una carta Ami madre que destrucción nos negamos rotunda mente esto no hay derecho cargarse los abortos de todo una vida para k la tiren noo

  25. Santiago

    Buenas tardes:

    Quiero comprar una casa construida en terreno rural hace unos 20 años. Me gustaría reformar el suelo que ocupa gran parte de la parcela. No se trata de ganar metros de pavimento sino sustituir el cemento antiguo, que está un poco feo, por otro pavimento que, seguramente, se construya encima , del tipo cemento impreso.

    Además me gustaría saber si puedo reforma la piscina también respetando el tamaño de la misma. Originalmente se trataba de la típica balsa de regadío que el dueño pintó y adecentó para darle un uso de piscina.
    P.d. se trata de la comunidad Valenciana.
    Gracias de antemano

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, cuidado en la Comunidad Valenciana porque es la comunidad autónoma con la normativa más dura que existe. En principio, si la casa estuviera en fuera de ordenación, solo se podrían llevar a cabo obras de conservación y mantenimiento (siempre con licencia). Habría que estudiar muy bien ese caso para no meter la pata y perder toda la prescripción. Un saludo.

      Responder
  26. Diana

    Buenos días..tenemos una vivienda en el suelo rústico ya prescrita un año atrás estamos pedir instalar red eléctrica vale estamos contratar firma todo iba bien estamos pagar todo boletín presupue sto todo con permiso su ingeniero se trata pasar de un póster que pasa por un camino a nuestra casa unos 4m aquí venía problemas permiso de ayutamiento ayutamiento no hecho su trabajo casi 7 meses semanas meses avisando que pasa con permiso hasta paciencia se acabó y estamos amenazar con demanda por inactividad administrativa pues empezaron sacar cosas fuera de lugar que de fotos área se ve una ampliación mentira es una plancha para proteger los perros pues tan molestaba que estamos quitar pero ahora por empresa de luz nos vino una factura por prescripción de vivienda unos 740eur y todavía no tenemos luz es exactamente un año y tres meses vivienda está prescrita mucho años se levantó 2006 que podemos hacer por parte ayutamiento no hay manera gracias

    Responder
  27. Lucia

    Buenas tardes. Tengo un terreno rústico en Castilla y León, en el que ya hay una construcción y voy a hacer una ampliación de la misma, la cuál sería construida utilizando como una de las paredes la valla existente, la cual fue construida en su momento por nosotros y cumple con todas las obligaciones legales. Unas vez he tenido los planos de la ampliación me han llegado rumores de que ésta ha de estar 3m separada del muro, en este caso la valla, quería saber si esto es cierto. Muchas gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, desconocemos el planeamiento de su municipio, pero en suelo rústico más que nunca es imprescindible obtener licencia del Ayuntamiento. Si no se obtiene esa licencia y se ejecutan obras puede uno acabar declarando ante un Juez por presunto delito contra la ordenación del territorio. Cuidado. Si necesita mayor información puede ponerse en contacto con nosotros para cerrar una cita en info@velezdorado.com Un saludo

      Responder
  28. Francisco

    Hola, he solicitado una licencia de obra menor para la colocación de una instalación fotovoltaica ( preciso la licencia para poder acogerme a las subvenciones ), la vivienda está situada en suelo rústico y han prescribido las posibles sanciones ( construcción de hace más de 30 años), el ayuntamiento me niega la licencia y me refiere que las está denegando todas sin dar más explicaciones, lo puede hacer ?

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, pues no. Cuando se deniega o se concede algo se debe motivar jurídicamente el por qué. Si necesita mayor información puede ponerse en contacto con nosotros para cerrar una cita en info@velezdorado.com Un saludo

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  29. Nazaret

    Hola, mi padre tiene un terreno hace 30 años. Tiene papeles pero dicen que no es urbanizable, el tiene edificado casa, garaje, cuarto de herramientas, etc. Lo cual dicen que por tener mas de 20 años construidas no pueden tirarla. Me a dado una zona para mi, puedo edificar por tener ya esa antigüedad? O me pueden multar? Gracias!

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, no. No puede edificar sin licencia. Que esté prescrita la casa de su padre no quiere decir que se pueda construir en ese terreno. Un saludo.

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  30. Gerardo

    Buenas tardes,
    Gracias por sus respuestas a todas las preguntas que se plantean. Me gustaría realizar la siguiente pregunta:
    Mi señora y yo, tenemos un herbolario y estamos interesados en comprar una finca rustica de poco más de una hectárea, en el Valles Occidental, Cataluña, para cultivar plantas medicinales, y cultivar alimentos ecológicos para uso propio y también para alquilar a personas. La finca esta dentro un Parque de valor ecológico paisajístico (Calificación D-3). Dentro de ella, hay una construcción de unos 90 m2, que se «menciona» en las escrituras, y son del año 69., (aunque en el catastro indica año 2000). No tiene servicios. Digo menciona porque lo que indica es: sic » y si bien en la misma existe una pequeña edificación, que sirve de alojamiento al suscrito, esta no altera el carácter de rustica de la finca». Nuestra consulta es si se podría vivir ahí, convertirla en vivienda habitual, instalar los servicios (pozo, placas fotovoltaicas y fosa séptica) y emprender nuestra actividad de cultivo, en una finca rustica como esta, de tipo ecológica paisajística.
    Muchas gracias por sus respuestas.
    Saludos cordiales
    La vivienda no aparece en el Registro de la Propiedad. Nuestra consulta es si

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  31. Paqui

    Tengo un terreno rústico de 1000 m,con árboles frutales, olivos,árboles de sombra, grama, etc,con un container que sirve de casa de 50m,la empecé en el 2013 y la acabe en 2014,pago 90€ de ibi y ahora tengo que pagar una multa de 2000€,y reponer el terreno como estaba, un patatal, está en Manzanilla, Huelva.Esto va por la vía administrativa, estoy desolada, decidme algo por favor, gracias

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que ver ese expediente porque si finalizó en 2014, en 2020 ya habría prescrito, y si el procedimiento se lo inician en 2021, habría que alegar la prescripción de esa «instalación» Si necesita mayor información puede ponerse en contacto con nosotros para cerrar una cita en info@velezdorado.com Un saludo

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  32. Sole

    Buenos días,estoy pensando en comprar una finca rustica,de 7.000m2 en la cual hay una vivienda registrada en el catastro como tal, de 90 m2 xon luz y agua del pueblo, pero sin célula de habitabilidad,ni licencia de primera ocupacion,construida en 1970, quisiera poner una casetilla fuera de aluminio de unos 10m2 para guardar juguetes de los niños,podría?por que unos dicen que si, al ser movible,y otros que no por que ya hay una construcción registrada como vivienda.gracias

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días, por este medio no contestamos a cuestiones totalmente particulares, sino generales. Esto no es un medio de asesoramiento como tal. Si lo desea, póngase en contacto con nosotros de manera privada al 911013711 o en info@velezdorado.com.

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  33. Bea

    Buenos días,

    Estamos interesados en la adquisición de un terreno rústico en zona protegida, ya que se encuentra dentro de un parque natural. En el mismo, hay construido un pequeño Almacen y lo que podría ser una pequeña habitación en la que se podría usar como comedor(Evidentemente, todo ilegal). Las obras se realizaron hace muchos años y hay algunos documentos de la construcción. Mi pregunta es, si yo la comprara, ¿Me podrían llegar a denunciar a mi?
    Muchas gracias.

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, nunca podrían imponerle una sanción porque usted no fue quien construyó, ahora bien, sí sería responsable de la obra, con todo lo que ello conlleva. Un saludo.

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  34. Gabriela

    Buenos dias muchisimas gracias por vuestra pagina y información.
    Vereis mi madre quiere comprar una finca la cual nos dicen que esta totalmente escriturada.
    Pero que tiene una infracción urbanística de hace mas de 40 años por un proyecto del ayuntamiento que nunca se llevo a cabo y que esto quiere decir que solo las personas sin necesidad de financiaciónpueden comprar la finca ya que los bancos con infracción no financian.
    Pero no entendemos bien que supondria para mi madre comprar esta finca con esta infraccion??
    Ella por ejemplo podria despues construir una pequeña piscina?

    Muchas gracias por vuestra atencion y ayuda

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que estudiar exactamente la finca para ver qué es lo que hay ahí, y ver la repercusión que tiene. Lo más normal es que sea una obra en fuera de ordenación, pero habría que estudiarlo. Si necesita un asesoramiento completo, puede ponerse en contacto con nosotros de manera privada, al 911013711 o al correo, info@velezdorado.com

      Responder
  35. jose

    Hola,

    Voy a adquirir una finca rustica con construccion de 1975. Consta en el catastro los metros y la piscina. Pero no en el registro. Me dicen que ya es una construccion prescrita y asentada porque tiene 40 años. Me pueden obligar a tirarla? Es una casa de 160 mt pir planta y piscina. Tiene luz y agua del pueblo.

    Un saludo,

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, se trata de una construcción en fuera de ordenación sin valor inmobiliario y sobre la que solo se podrán realizar pequeñas obras de conservación y mantenimiento. Si necesita un asesoramiento completo, puede ponerse en contacto con nosotros de manera privada, al 911013711 o al correo, info@velezdorado.com Un saludo.

      Responder
  36. Nil

    Buenas tardes.
    Tengo un terreno urbanizable y quiero construir una casa con contenedores ISO.
    Veo mucho dinero en papeles y quisiera hacer la casa sin anclar, que sea móvil, para así no tener que documentarlo como vivienda.
    Me han dicho que podrían multarme para que sacara los contenedores si no están anclados, es eso cierto? Por otro lado, si yo cumpliera la normativa del ayuntamiento a la hora de construirlo y lo anclará al suelo, dejándolo fijo, podría pedir cédula de habitabilidad en un futuro? Y qué problemas podría tener si lo hiciera así?
    Gracias por su atención

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, que sea un terreno urbanizable no quiere decir que sea terreno urbano. No tiene nada que ver. Suponiendo que fuera urbano, o urbanizable, o rústico, y que se pudiera edificar no quiere decir que se pueda realizar sin más, pues sería necesario siempre la autorización municipal, llámese licencia, declaración responsable, o lo que fuera. Por tanto, a la primera conclusión que se llega es que para instalar un contenedor, esté o no esté anclado, es necesaria la autorización municipal. Lo segundo es que, efectivamente, si no existe autorización municipal, se puede acordar su demolición y la imposición de una sanción. En tercer lugar, para pedir cédula de habitabilidad, primero hay que tener licencia. Para ampliar información puede ponerse en contacto con nosotros de manera privada al 911013711 y solicitar una cita con un abogado o, si lo prefiere, solicitar a través de nuestro correo electrónico: info@velezdorado.com

      Un saludo.

      Responder
  37. Cristina

    Hola buenas noches quiero comprar un terreno rústico con una caseta de 30 metros me dicen que la construcción no está declarada en el registro no tiene escritura pero que puedes dar de alta y pagar el ibi eso sería posible y costaría mucho?

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, sí se podría dar de alta en Catastro, pero eso no serviría más que para pagar impuestos, porque eso no implicaría que fuese legal desde un punto de vista urbanístico. Un saludo.

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  38. Alfonso Plasencia

    Buenas Noches, estoy interesado en la compra de un terreno rústico de 40.000 m2 que tiene en su interior una nave de 150 m2 en ruinas construida en 1996, no tiene tejado, solo le quedan los muros en pie y no está registrada, ya que no aparece en la nota simple. Mi pregunta es: ¿puedo rehabilitarla como almacen, techandola y arreglando las zonas dañadas sin pedir permiso al ayuntamiento? O por el contrario estaría cometiendo alguna infración. Se encuentra en la comunidad de madrid. Gracias por su atención

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si lo hace sin permiso podría estar cometiendo una infracción administrativa, e incluso un delito contra la ordenación del territorio. Siempre hay que solicitar licencia. Un saludo.

      Responder
  39. Álva

    Buenos días, tengo una orden de demolición dictada por el juez el 4 de octubre de 2018. Apelamos al provincial, pero con la misma respuesta en Febrero de 2019.
    Cuando prescribiría mi ejecución de demolición si estoy en Andalucía?
    Tendría derecho a indemnización si logran demolerla?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, las ordenes de demolición dictada desde el 2015, prescriben a los 5 años, siempre y cuando no interrumpan ese plazo. Si la orden de demolición finalmente se ejecuta, la administración no tiene deber alguno de indemnizarla. Cuestión distinta serán otro tipo de responsabilidades que pudieran existir (un engaño de un vendedor etc..) Saludos.

      Responder
      • Álva

        A m me engaño un arquitecto que me proporcionó el ayuntamiento. Decía que no había problema en construir. Tengo planos de la casa y mail del mismo arquitecto con el emplazamiento sobre la parcela.
        Y por último, sobre la prescripción de 5 años no entiendo lo de interrumpir el plazo.
        Un saludo y muchas gracias.

  40. Dionisio

    Buen dia
    Tenemos una construcción de 140 m2 en una finca rustica de 8.300 m2. Es legal pero registrada como oficina, queremos obtener para su venta una Cedula de Habitabilidad, pero al constar como oficina, debemos al parecer, obtener un cambio de uso. En la mancomunidad un funcionario nos dice que no es posible por ser un terreno menor a 1,5 hectáreas. ¿Cómo es posible que pasados 15 años no se pueda cambiar el uso? El registrador de la propiedad y el notario han firmado que actualmente es una vivienda, para perplejidad del funcionario. ¿Quién tiene razón? ¿Es posible que obtengamos la cédula para proceder a la venta? Estamos en Extremadura, el terreno no está en ninguna zona de limitación ambiental. Si hay algún camino legal, necesitaremos un servicio profesional.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, urbanísticamente aunque hayan pasado 15 años, sigue siendo una oficina. La vivienda como tal puede estar prescrita, pero eso no quiere decir que urbanísticamente se pueda obtener cédula de habitabilidad. En Extremadura funcionan de esta manera con estos asuntos, aunque no tiene sentido alguno. Poco se puede hacer. Puede ponerse en contacto con nosotros de manera privada al 911013711 o escribiendo a info@velezdorado.com

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  41. Pepe

    Hola tengo un terreno de 1900 metro agricola queria saber si puedo poner una casa de apero para dejar eramienta tengo casa al rededor el único que no tiene nada soy yo ,o si puedo poner un contenedor gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, sería necesario conocer exactamente la localización de la parcela para poder estudiar el planeamiento concreto de la zona. Puede ponerse en contacto con nosotros de manera privada al 911013711 o escribiendo a info@velezdorado.com

      Responder
  42. Adela

    Buenas tardes. Estamos pensando comprar una finca rústica de 1 hectárea en la zona de Parque Natural de Aracena. Tiene una casa de aperos por lo visto construida legalmente con licencia. La cuestión es que dentro tiene chimenea, baño, y pequeña cocina. Es eso legal en una casa de aperos? Y más adelante podría legalizarse como vivienda acogiéndonos a un AFO o algo así? Por otro lado, podríamos pedir permiso para hacer un porche delante de la casita y cerrarlo con cristales? Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, una casa de aperos es una cosa, y una vivienda otra. Si hay licencia de casa de aperos, pero hay una vivienda, no es legal. Que se pueda acudir a un AFO o no, va a depender de los años que lleve construída, y de otros muchos factores que habría que estudiar. Respecto al porche, no. Un saludo.

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  43. Maria

    Buenas tardes. Tengo una casa edificada en terreno no urbanizarle. La construcción es de 2010 y la sanción administrativa la pagué en 2011. Quisiera saber si la puedo legalizar o me tengo que esperar 15 años como me dicen en el ayuntamiento? Gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, una cosa es la sanción, y otra cosa es si existe orden de demolición. En cualquier caso, legalizar significa obtener licencia, no que haya transcurrido ningún plazo. Sería aconsejable que se pusiera en contacto con nosotros de manera particular para aclararle todos estos extremos. Un saludo

      Responder
  44. MARIA ELENA

    Buenas tardes,

    Soy propietaria de 4 fincas registrales colindantes, que todas juntas tienen una cabida de unos 24.000 m2 en la provincia de Alicante. El uso que el catastro les asigna es de regadio una parte y otra de matorral. En una de ellas (de las de regadio) existe una pequeña caseta de aperos y una balsa para riego.
    Estoy pensando en contruir un almacen agricola algo mas grande en una parte de la finca de las que tienen un uso de matorral, ya que tiene mejor acesibilidad. ¿Seria legalmente posible?

    Respecto del uso que le asigna el Catartro es ¿posible modoficarlo?

    ¿Como puedo saber si el suelo tiene calificacion de interes paisajistico o al especifico?

    Muchas gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, para saber la información urbanística completa de la parcela habría que consultar el planeamiento urbanístico municipal. No tiene nada que ver con el Catastro. Un saludo.

      Responder
      • Maria Elena

        Buenos dias,

        Muchas gracias por su respuesta.
        ¿podrian indicarme como puedo obtener el planeamiento urbanistico municipal?

      • Equipo de Vélez Dorado

        Buenas tardes, en internet se puede conseguir la mayoría y, sino, en el propio Ayuntamiento o en su página web. Un saludo.

  45. manuel

    buenas tardes, mi consulta es la siguiente.- poseo una finca de unas dos hectareas que era de mi padre, la cual se hizo una caseta de aperos de unos 45 o 50 metros en el año 1982.- hace unos tres años yo le puse una cchapas metalicas en el tejado por que empezaba a filtrarse el agua cuando llovia.- ahora mirndo en el catastro la caseta figura en unaa camino o verea propiedad del ayuntamiento.- me podrian denuncia¡r por esto.- como lo podria arreglar? el fin es hacedrles ecrituras y que figurara dicha caseta.- un saludo

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  46. José ortega

    Tengo un suelo urbano y Cultura dice que no podemos construir porque quitamos visibilidad a un castillo, por lo que nos lo expropiar. Como valoran está expropiación?

    Responder
  47. sergio

    Hola, tengo una duda, mire tengo una granja avicola, y lleva hecha 20 años (la verdad algo mas). Actualmente ha cambiado el vecino de la finca adyacente, y por problemas de lindes, dice que va a denunciar porque por un extremo de la finca la nave esta a unos dos metros de su finda, y por altura dice que tiene que estar mas lejos. Hay posibilidades de que vaya a algun sitio esa denuncia? (soy de Andalucia)

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, por la vía administrativa si la obra lleva realizada más de 20 años, estaría totalmente prescrita. Si quiere que analicemos su caso particularmente puede solicitarlo en el 911013711 o directamente a través de info@velezdorado.com. Un saludo

      Responder
  48. Roberta

    Buenas. Tengo una finca rústica en un pueblo de Ávila con una casa de 140 m2 construida en 1985 según catastro, sin agua ni luz ni alcaltarillado.
    Tengo ganado en dicha finca actualmente.
    He solicitado reformar dicha construcción o tirarla, ya que se encuentra en mal estado, y volverla a hacer y ya poner agua y luz para utilizarlo como caseta de aperos pero no me dan la licencia, no me dejan hacer nada. Hay viviendas en dos fincas de al lado donde habita gente como primera vivienda.

    Me recomiendan volver a realizar la solicitud? o es legal que no me permitan tener una caseta de aperos en una finca de 2.400m2 con ganado y olivos los cuales recogemos el aceite?

    Ojala me den una respuesta que me ayude un poco.

    Muchas Gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes Roberta, para poder saber si se podría o no, habría que ver exactamente la localización de la obra, la normativa etc, incluso le podría asesorar un técnico de la zona. No obstante, si quiere que analicemos su caso particularmente puede solicitarlo en el 911013711 o directamente a través de info@velezdorado.com. Un saludo

      Responder
  49. Oscar

    Hola un terreno rústico en Vizcaya con edificación en 2004 orden de derribo en 2009 y sigue en pie sin hacerse nada me la pueden tirar o ya no aunque no consiga nunca la cerula de habitabilidad?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si el Ayto no ha hecho nada más, esa orden de demolición seguramente esté prescrita. Un saludo.

      Responder
  50. Ignacio

    Buenas,tengo una parcela en sevilla de unos 9000metros con su cuarto de aperos y un vallado que delimita la parcela,la alambrada esta rota por el paso de los años unos 30años todo tiene licencia de cuando se construyo,mi duda es podria sustituir la alambrada por placas de hormigon prefabricado en la fachada?
    Gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que ver lo que dice el planeamiento municipal al respecto. Si quiere ampliar información puede solicitar una consulta al 911013711 o directamente a info@velezdorado.com Un saludo

      Responder
  51. Rakel

    Hola
    Hace más de 10 años compré un terreno con una construcción sin licencia en suelo rústico, entiendo que la infracción ya ha prescrito
    Mi pregunta es si tengo derecho a que me concedan licencia para llevar la luz hasta mi construcción, que no se encuentra fuera de ordenación en el planeamiento
    Muchas gracias, os felicito por este chat

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que ver en qué comunidad autónoma, pero en algunas, como Extremadura, no es posible obtener licencia de primera ocupación aunque las obras hayan prescrito. Un saludo.

      Responder
      • rakel

        muchas gracias
        se trata de Castilla y León

  52. Javier

    Buenos días. Estoy planteándome comprar un terreno donde la ficha catastral dice: Clase: Urbano. Uso principal: Suelo sin edif..

    Hasta aquí todo bien. El problema surge cuando llamo a urbanismo para comprobar que todo esta en orden y me dicen que no me darían licencia para construir, aún siendo urbano, por formar parte de un plan parcial especial. No entiendo muy bien que significa esto. Hay casas alrededor ya construidas y tiene luz, agua y alcantarillado llegará en los próximos años. ¿Se supone que cuando llegue el alcantarillado ya podré construir? ¿Es una zona que, aún siendo urbana nunca se podrá construir o por lo menos yo no viviré para verlo?

    Otra duda que tengo: si no me dan la licencia y lo construyo sin licencia, entiendo que podrían multarme por construir algo sin licencia, pero me podrían obligar también al derribo aún siendo un terreno urbano?

    ¿Hay alguna forma de que este terreno deje de formar parte de este plan parcial?

    Gracias de antemano.
    Un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, que Catastro diga que es un urbano o rústico, da igual. Lo que clasifica un suelo de una determinada manera es el planeamiento municipal. Si el suelo está en un plan parcial, hasta que este no se desarrolle no se podrá construir en él. Si usted lo hace, se puede enfrentar tanto a sanción como a demolición. No obstante, necesitaríamos conocer la zona concreta, parcela concreta etc, para poder decirle exactamente de qué clase de suelo estamos hablando, y qué se puede hacer en él. Deberíamos saber mucho más sobre este asunto, ponerse en contacto con nosotros al 911013711 o a info@velezdorado.com

      Responder
  53. ANDRES

    Buenos tardes. Estoy pensando comprar una propiedad en terreno rústico que cuenta con vivienda y piscina en la referencia catastral ubicado terreno agrario. La duda es que cuenta con una pequeña edificación aparte y tres cocheras que no constan en dicha referencia. Mi pregunta es que, aunque es evidente que su construcción es antigua, si podría tener problemas con el ayuntamiento y que me obligasen a derruir. Esta en Toledo

    Muchas gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes Andrés,

      A ver, en principio, que esté o no esté catastralmente reflejada la construcción no significa absolutamente nada. Puedo existir catastrada una central nuclear en el Parque Nacional de Cazorla, y no por ello es legal. Ojo con esto porque es un error muy habitual. Es legal si hay licencia urbanística. Ahora, respecto a su puede haber problemas con el Ayuntamiento: si no está demostrada su prescripción, el Ayuntamiento siempre puede iniciar un procedimiento contra la obra; otra cosa será que, si es cierto que ha transcurrido más de X años (depende de la comunidad), demostremos que esa obra ha prescrito (que la acción de restauración ha caducado). Hay que estudiar cada caso, son muchísimas cuestiones. Puede ponerse en contacto con nosotros en privado a través del 911013711 o info@velezdorado.com, y le informarán de cómo obtener una asesoría personalizada. Un saludo.

      Responder
  54. Rafael

    Hola e colocado un depósito o estanque de poliéster en mi terreno rustico es como si fuera una alberca pero sin nada de obra apollado sobre el terreno en superficie sin tubos de entrada de agua ni depuradora ni nada solo un tubo para la salida del agua para regar ya que la lleno con el agua de lluvia según un agente del seprona para el un estanque o un recipiente al no tener nada de nada la policía local no se lo que dira pero el seprona no hay nada ilegal siempre que no le ponga una entrada de agua .una depuradora la policía local o el ayuntamiento podría hacer algo ya que como le digo no ven nada raro en ello un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas Rafael,

      Si no hay nada anclado, no hay delito contra la ordenación del territorio, y eso se lo defendemos donde haga falta. Pero necesitaríamos conocer más detalles para entender cuál es el problema concreto y poder ayudarle. Puede ponerse en contacto con nosotros en privado a través del 911013711 o info@velezdorado.com, y le informarán de cómo obtener una asesoría personalizada. Un saludo.

      Responder
  55. Rafael

    Hola yo tengo una casa de aperos en Andalucia legal e echo un porche por la parte de atrás de la casa con dos barras y unas chapas sin hacer nada de obra solo unos tornillos y apollada sobre un muro lleva de hormigón que lleva ya el tiempo de la casa para sujeción de la tierra no está cerrado ya está semana a salido en Google el porche como es normal vendrá la policía a verificar lo que es si me denunciaran por algo y no desarmo ya que no asta nada más que cogido con unos tornillos y o pagar la sancion y déjarlo me lo podrían tirar o me obligarían a legalizar la casita ya que en catastro está como vivienda residencial y en el registro también un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas Rafael,

      Si no hay nada anclado, no hay delito contra la ordenación del territorio, y eso se lo defendemos donde haga falta. Pero necesitaríamos conocer más detalles para entender cuál es el problema concreto y poder ayudarle. Puede ponerse en contacto con nosotros en privado a través del 911013711 o info@velezdorado.com

      Responder
  56. Maria Victoria

    Buenas tardes,
    Gracias por el artículo.
    Tengo una casa de campo en terreno rústico construida en 1968. Mis abuelos construyeron 40m2 y al año siguiente le añadieron otros 40m2, es decir tiene 80m2. Hace unos meses miramos la escritura y solamente aparece la primera mitad (40m2), mientras que el catastro sí está actualizado junto a la piscina del año 1991 y pagamos impuestos a razón de lo que hay.
    HASTA AQUÍ, lo que debo hacer imagino que es solicitar un informe a un arquitecto que confirme que es una construcción antigua para unificar la información del catastro y de la escritura en el Registro de la Propiedad.

    Pero les escribo porque queremos restaurarla como vivienda principal pero no tiene cimentación y la estructura es de muy baja calidad, la única solución si queremos hacer una estructura en condiciones es derribar y edificar en la misma planta. Tengo entendido por unos vecinos que ya han solicitado reformas al ayuntamiento que las deniegan por defecto, así que no me darán autorización para reedificar. Me siento atrapada ¿No es legítimo y en cierto modo necesario que podamos restaurar nuestras propiedades? ¿Acaso debemos dejarlas morir?

    Ya que por la vía legal posiblemente no pueda hacerlo, y por lo tanto no cuento con financiación, esperaré unos años hasta contar con el dinero suficiente para abordar las obras y hacerlo de forma rápida y lo más discreta posible ¿Estoy loca?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, es una consulta muy concreta, y por este medio solemos responder preguntas más general. Sería necesario estudiar todo el asunto detalladamente para darle respuestas concretas a sus preguntas concretas. Puede ponerse en contacto con nosotros en privado a través del 911013711 o info@velezdorado.com. Un saludo.

      Responder
  57. sebastian

    hola compre una parcela rústica 1500m hecho recien 15/ 8/ 2020 una costrucion de 54m ilegal ,el terreno no esta afectando pornada solo que es rustico, mi pregunta es que me podria pasar. en Murcia

    Responder
  58. Arturo

    Hola. Estoy pensando en comprar una finca rústica de 2400 m la cual tiene un piscina y un cuarto de aperos de unos 35m. Llevan construidos muchos años y su estado es malo. Están registrados. Puedo rehabilitarlos sin perder la prescripción?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, si es con licencia sí, si lo hace sin licencia claro que puede perderse toda la prescripción. Un saludo.

      Responder
  59. Danieli

    Buenas,
    Una casa rústica sin licencia pero prescripta (última construcción en 2010), en Baleares, sin infracciones. Escriturada y con plano y registro de obra nueva en 2020.
    Si cerramos un pequeño porche con ventanales de aluminio de unos 2,50 metros, podemos tener problemas y perder la prescripción? Gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, sí, se podría perder. Lógicamente se defendería que la nueva ampliación no forma parte de la misma unidad constructiva, pero no le recomendamos que proceda con la obra. Es un riesgo muy elevado. Un saludo.

      Responder
  60. Fernando

    Un obra ilegal en suelo rústico sancionado con multas y orden de derribo puede recibir el pago del IBI y basura?

    Responder
  61. Josep Sirvent

    Buenas tardes.

    Primero de todo, os agradezco la información que ofrece vuestra web. He aprendido mucho sobre el tema leyendo los post que aparecen.
    Os quería hacer una consulta: Compré un terreno rústico en la Comunidad valenciana hace un año. El anterior propietario fue sancionado por el ayuntamiento en 2010 por haber hecho una solera de hormigón de 170 m2 para una «Mobil Home». En la resolución dictamina la sanción económica por dicha obra ilegal en suelo rústico y reconoce el permiso de poder tener una mobilhome por tratarse de un bien mueble (textualmente citado).
    Si decido poner una mobilhome, acogiéndome a dicha resulución, ¿Podría tener problemas? Por otra parte, hay una caseta de aperos de 8 mts2 ya construida ( sin licencia) cuando le sancionaron pero de la caseta, en la sanción no aparece nada ¿Qué tendría que hacer para legalizarla? Muchas gracias ya de antemano.
    Saludos cordiales

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes,

      Gracias por sus palabras. Sería necesario estudiar toda la documentación. Por favor, para cuestiones así de particulares, es mejor que se ponga en contacto con nosotros de manera privada. El hecho de que se reconozca un permiso para una cosa, no quiere decir que lo tengamos para poner nosotros lo que creamos. Hay que revisar bien todo el asunto antes de hacer nada. Un saludo. 911013711

      Responder
  62. Raúl

    Estimados Señores,

    En el año 2011 mi padre me donó un terreno urbano de 286 metros cuadrados que contenía un cuarto apero sin licencia de unos 60 metros cuadrados (autoconstrucción realizada por mi padre sin permiso de obras). Este cuarto apero tiene mas de 30 años construidos y actualmente está en estado de deterioro. Mi intención es vender el terreno y no sé si tendría problemas por el cuarto apero que contiene ¿Necesitaría obtener la licencia de éste cuarto apero o realizar algún trámite antes de vender el terreno? Muchísimas Gracias por su ayuda.

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, no, en principio siempre y cuando se advierta al comprador de que esa construcción no tiene licencia, no habría problema.Un saludo.

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  63. Irene

    Buenas tardes,

    En el caso de que yo quiera poner una mobil-home en mi terreno periurbano con placas solares, ¿de cuánto podría ser la multa? Sólo conectaría con saneamiento y agua.
    Soy de Andalucía, gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, incluirían muchas cuestiones (habría que estudiarlas), pero el régimen general es: a) Infracciones graves: multa desde 3.000 euros hasta 5.999 euros.y b) Infracciones muy graves: multa desde 6.000 euros hasta 120.000 euros.

      Responder
  64. Maria

    Hola nosotros compramos un terreno rustico en el año 2005 al año siguiente hicimos casa y con el tiempo piscina tengo escritura de la parcela que compramos quisiera información para escriturar la casa y piscina yo pago IBI del terreno gracias

    Responder
  65. David

    Hola buenas , quiero comprar una parcela que ya en su día hubo orden de demoliciones tanto de la casa y de la piscina y el anticipo propietario la derivó , si la compro se podía construir de nuevo ??

    Responder
  66. Manuel

    Buenos días
    Yo hice una caseta para la herramienta en una parcela urbana , e la que más normas del ayuntamiento dice que tiene que estar a 3 m de la linde del vecino, y yo lo construí a 1 m, el vecino no denuncio en su momento ni ahora tampoco y está construida desde el 2011 en salamanca , ahora nos ha denunciado otro vecino a varios propietarios de las parcelas
    Quisiera saber la consecuencias que puedo tener , ya que han pasado 10 años
    La puedo hacer legal al haber pasado 10 años
    Un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días, desde un punto de vista urbanístico, ha prescrito la infracción y la acción de restauración de la legalidad urbanística. Si necesita más asesoramiento puede ponerse en contacto con nosotros al 911013711 y solicitar una consulta, o también a través de correo info@velezdorado.com

      Un saludo.

      Responder
  67. Jorge

    Hola buanas mí pregunta es compre un terreno rustico 2500 metros con una caseta costruida de 30 metros ilegal que ya la compre asin esta echa del año 2014 en baleares municipio de petra yo sadria perjudicado o me podrian tirar la caseta

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, no ya que habría prescrito. Ahora bien, como realice obras, se perderá la prescripción.

      Un saluod.

      Responder
  68. Miguel Caparrós

    Buenas compré en una zona de Alicante un terreno no urbanizable rústico con una vivienda construida en el año 2012, no he recibido denuncia alguna, y me gustaría poder registrar mi vivienda. Por lo que he estado leyendo en los comentarios decís que prescribe tanto la infracciones urbanísticas, pero en el artículo de la comunidad valenciana de la LOTUP que nombrais indica lo siguiente:
    » El plazo de quince años establecido en el apartado primero no será de aplicación a las actuaciones que se hubiesen ejecutado sobre terrenos calificados en el planeamiento como zonas verdes, viales, espacios libres o usos dotacionales públicos, terrenos o edificios que pertenezcan al dominio público o estén incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano tampoco será de aplicación sobre suelo no urbanizable. En estos casos no existirá plazo de caducidad de la acción, en cuanto a la posibilidad de restauración de la legalidad y reparación al estado anterior de los bienes a que se refiere este apartado.»
    ¿Estaría afectado en mi caso la situación que no existe plazo de caducidad, por lo que siempre me podrán multar e incluso demoler la vivienda?

    Muchas gracias. Un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que estudiar bien la localización y la fecha de finalización de su vivienda para poder aseverar que la acción de restauración no ha caducidad. Puede ponerse en contacto con nosotros en el 911013711. Un saludo.

      Responder
  69. Adilair

    Tengo una finca en terreno rústico común, en Baleares, en situación de fuera de ordenación (obra realizada en 2003, reforma en 2006 y última obra según fotos aéreas y datos catastrales en 2010) y me han dado en el ayuntamiento un certificado de inexistencia de expediente de infracción urbanística y que se encuentra en situación de fuera de ordenación «b». La escritura está bien, todos los metros declarados como obra nueva en 2020, pasado por registro.
    – La casa es abastecida por 8 placas solares ¿me pueden exigir quitarlas? Y se podría ampliar las placas?
    -¿Hay algún riesgo de orden de derrumbe o sanción que se refiera al año 2010 que aun no se haya notificado?
    gracias y un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, si el Ayuntamiento le ha certificado que no hay expedientes, es que no hay expedientes. El asunto de las placas, sin autorización no se podrían poner más. Un saludo.

      Responder
      • Adilair

        Muchas gracias por la respuesta.

  70. Antonio E.A.

    Buenas.Adquiri en 1972 una casa y en la escritura constaba q el constructor hizo declaración de obra nueva y luego me la vendia.El ayuntamiento dice q la vivienda es ilegal por estar en suelo no urbanizable aunque se cumplieran los requisitos de esa época para la declaración de obra nueva. Como puede ser?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, si no existe licencia, entonces sí es ilegal. Hay que comprobar si existe o no licencia de obra. Un saludo.

      Responder
  71. Juan

    Hola buenas tardes yo costrui un chalet en zona rustica y me icieron juicio por lo penal y me ajudicaron la demolucion y apasado 5 años y nolan tirado kisiera saver si a prescrito ya es en un pueblo de valencia zona pedralba gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, debería usted hablar con el abogado que le llevó el caso, para saber si ha habido o no actuaciones hasta la fecha. En caso de no haber habido nada, habría que estudiarlo muy bien, pero nosotros entendemos que sería factible hablar de prescripción, aunque la demolición como tal no es una pena, ni tampoco responsabilidad civil. Pero entendiendo que no se les condenó a más de cinco años de prisión (es imposible), entendemos que la orden de demolición que se dictó también quedaría afectada a la prescripción de esas penas de prisión. Un saludo.

      Responder
  72. Simón

    Buenas. Un par de preguntas. En mi ayto se han dado casos de interposición de sanciones administrativas a construcciones ilegales en rústica, existentes junto a otras o muy próximas a otras, también en rústica, que no han recibido sanción alguna. Esto sería denunciable? Una construcción ilegal en rústica que no ha recibido sanción administrativa, pasados 14 años, con la actual ley urbanística valenciana del 2019, podría recibir una orden de derribo? Y en caso de no recibir la orden de derribo, el delito urbanístico podría prescribir? Muchas gracias!

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, a la primera consulta, sí claro, podría ser denunciable. Y lo segundo no, no se aplica de manera retroactiva. Y lo último, el delito urbanístico prescribe a los cinco años. Un saludo.

      Responder
  73. Pepi

    Muchas gracias por el artículo, es de mucha utilidad. Me gustaría comprar un terreno rústico que ya tiene una vivienda y una alberca muy muy antigua más de 30 años , mi pregunta es , una vez que lo compre podría reformar esas construcciones manteniendo los metros construidos, dimensiones…. sin ninguna consecuencia legal?

    Responder
  74. Dora

    Tengo un terreno rustico en menorca con una casita de 40 metros cuadrados
    La construcion data de 1986 y el notario que de haber sancion habia prescrito
    Puedo arreglar el techo el cual esta muy deteriorado?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, las únicas obras que se permiten son las obras de conservación y mantenimiento, pero con esta cuestión siempre hay muchos problemas, ya que es un concepto un poco confuso, y mucha gente realiza estas obras y luego la administración considera que las obras realizadas exceden las obras de «conservación y mantenimiento». Lo ideal es siempre solicitar licencia al Ayuntamiento, donde se explique claramente lo que se pretende realizar, y hasta que el Ayuntamiento no la otorgue, no hacer ninguna obra, ya que corremos el riesgo de que entiendan que hemos realizado obras que superan las de conservación y mantenimiento, y perdamos la prescripción ganada de toda la vivienda. Un saludo.

      Responder
  75. Maite

    Buenas tardes, me gustaría hacer una consulta, somos una comunidad de vecinos, los jardines aunque están separados es zona común, mi vecino alargó la bodega, construyó una terraza y un baño, escabando más de un metro de profundidad apropiándose de parte del jardín, ahora al derirbar el muro tiene filtraciones, me echa la culpa por regar la parte de jardín q disfruto, q puedo hacer?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, esta es una cuestión más de derecho de propiedad y de derecho civil que de urbanismo, por lo que no podemos ayudarle. Lo sentimos, un saludo.

      Responder
  76. Teresa

    Hola buenas, quiero comprar una finca rústica que está a 15 metros del pueblo y de las acometidas de luz y agua. Está paralela a las últimas casas urbanas a 15 metro del poste de luz y a lo mismo de agua y vertidos. Sería para vallarla para hacerme un huerto y poner una casa de madera o mobilhome. Mi pregunta es, quiero pedir al ayuntamiento el agua y la luz para que me la pongan en el terreno. Se negarán o como lo tendría que hacer o solicitar?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que estudiar el asunto, pero entendemos que si no es suelo urbano va a ser complejo.

      Responder
  77. Alix galavis

    Hola buenas tardes, mi pregunta seria sobre si una casa que esta construida en terreno rustico ilegalmente aunque lleve desde el año 2005 hecha si se puede tirar teniendola archivafa?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, no entendemos bien su pregunta. Dependiendo de la zona puede que haya prescrito o puede que no. Depende de la Comunidad Autónoma. Un saludo.

      Responder
      • Alix

        Hola la casa es del 2005 y aún no el juez no da el veredicto es en manilva la casa..tiene la construcción paralizada.

  78. Sergio Castillo

    Buenas.

    Estoy cerca de adquirir un terreno de uno 2400 m2 en la zona de Alhaurín.
    Dicho terreno tiene pre concedido, según el dueño, una licencia para casa de aperos de 70 m2.
    Mi duda es la siguiente:

    Si yo construyo la casa de aperos y espero 6 años (manteniéndola como almacén agrícola, sin habilitarla como vivienda, por si viene una inspección, que no me puedan decir nada), una vez pasado ese tiempo, ¿podría utilizarla como vivienda y/o regularizarla?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si tiene esa licencia preconcedida, que se la enseñe. Si está preconcedida (termino que suena a estafa), que se conceda antes de venderle el terreno y así usted construirá con licencia. Si usted construye sin licencia, aunque pasen seis años no podrá regularizarla, sino que quedará en fuera de ordenación. Un saludo.

      Responder
  79. Arturo

    Hola!! Yo quería saber si compro una finca de uso agrícola que contiene ya una chabola (con una habitación, pequeño salón y baño) ambos registrado en el catastro pero no legalizado, los propietarios pagan oral de esa finca y la chabola tiene número de catastro que pone 36 metros cuadrados de uso residencial, la construcción tiene más de 15 años, por comprarla me puede suponer alguna multa, sanción? O al ser ilegal y ya han pasado 15 años ya ha prescrito y no tendré problemas?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, necesitaríamos conocer la ubicación, pero en principio la obra habría prescrito, y en cualquier caso, a ustedes no les podrían sancionar económicamente porque no fueron los que construyeron (los infractores). Un saludo.

      Responder
  80. daniel

    Hola,tengo una parcela rustica con una vivienda construida en 1995,así aparece en el catastro,he pedido un certificado de existencias de infracciones urbanísticas que me dijo mi abogado que había que pedir para hacer la venta de la parcela,lo he solicitado al ayuntamiento y la sorpresa mía fue que tiene que ir policía local para hacer un informe de lo que hay allí,creía que el certificado era de la documentación que poseía el ayuntamiento,nunca pensé que pudieran ir para nada allí ,hay una piscina y una casa de dos plantas con 39m2 cada una y un porche de 30mts2,una piscina de 13mts2,la casa es de 1993,tengo documentación que lo acredita y la piscina es de antes de 2010,foros áreas del catastro de ese año lo puedo acreditar.La parcela esta escriturada(esta en el registro de la propiedad),tengo licencia del ayuntamiento de casa de apero,es en la provincia de Málaga,a unas malas que nos puede pasar?¿se podría vender sin este certificado?¿si hay sanción,y es después de la venta,quien seria el responsable?¿

    gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, cuestiones tan particulares es mejor que se ponga en contacto con nosotros vía telefónica. Lo de que vaya la Policía no es muy normal, el Ayuntamiento solo tiene que comprobar si hay o no un expediente en el Ayuntamiento. Suena mal. Un saludo.

      Responder
  81. vero

    Hola,,,, resulta que quiero comprar un terreno rustico a un fondo de inversión,,y en el terreno hay una pequeña caseta y una balsa,, se ve que es de mucho tiempo y no consta en la escritura,,no se si tiene denucia ni na,,,si yo lo comprara me podrian denuciar ?,,,Creo que la caseta es de apero por el tamaño,,las casetas de apero se bede escriturar?…La verdad que en la caseta se ve,,dos pequeñas abitaciones un salon y una cocina..No se si eso puede entrar como de apero,,y si no lo fuera, habria alguna manera de legalizar?..Bueno gracias espero su respuesta.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si no ha prescrito la obra, sí pueden denunciarle y hacerle tirar esa obras ilegales. Tendría que ir al Ayuntamiento a informarse sobre esa parcela a ver si existe algún expediente de disciplina urbanística. Un saludo.

      Responder
  82. Matosas

    Hola, he levantado una caseta para guardar herramientas al fondo de mi casa en suelo rústico, al parecer alguien me ha denunciado, en el ayuntamiento de Palma me dicen que tengo que esperar una segunda notificación donde me dirá que tengo que demoler y de que forma hacerlo, que es mejor, esperar esa notificación o hacer la demolición antes de recibirla?, gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, es mucho mejor que usted espera a recibir la orden de demolición para estudiar todo el expediente administrativo y ver si puede o no puede recurrirse esa orden de demolición. Un saludo.

      Responder
  83. Aurora

    Buenas . En Galicia finca suelo rústico con casa edificada 1955. Hago un pequeño gallinero en una edificación antigua ya existente dentro de mi finca en el año13. Ha prescrito esa edificación ?? Pq un vecino me ha denunciado en el ayuntamiento y solicita la demolición. No he tenido todavía contestación por parte de ayuntamiento. Me lo pueden derribar ?? En su momento no se pidieron permisos pq la base ya existía .Gracias . Un saludo.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que ver qué obras concretas se han llevado a cabo, pero en principio parece muy defendible el hecho de que haya prescrito. Un saludo.

      Responder
  84. isabel

    Buenos días,

    Llevo 10 años arreglando una casa antigua (desde 2010). En su momento me dio permiso el Ayuntamiento para su arreglo. Verbalmente, acordé con mi vecino alargar una pared de mi casa que apoyaría en el muro propiedad de mi vecino. Cuál es mi sorpresa que ahora el vecino me quiere denunciar por haber construido la pared de mi casa en su muro. ¿Qué solución tengo? ¿Me mandará el Ayuntamiento derribar mi casa o ha prescrito el derecho a reclamar por parte de mi vecino? Gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, si la obra lleva realizándose todos estos años, no ha prescrito. La prescripción empieza a contar desde el momento en el que se finaliza totalmente la obra. La solución es terminar la obra ya, y negociar con el vecino. Un saludo.

      Responder
  85. Rut

    He comprado una parcela pero quiero poner una casa pre fabricada yo fui al Ayuntamiento y me dicen q no se puede poner nada pero q pasa si pongo la casa prefabricada o un contenedor .

    Responder
  86. Toni

    Buenas sobre la prescripción de derribo de una vivienda en suelo rustico realizada y finalizada en 2012 y abierto expediente con orden de demolición en 2013 en Mallorca,mi pregunta es en Baleares entro la nueva ley el 1 de enero del 2018 donde ya nunca prescribirán las obras ilegales etc… esta obra precribiria a los 8 años como en la anterior ley anterior a la del 2018 y si es así cuando empezaría a contar cuando se finalizó la obra o cuando abrieron expediente con orden de demolición??….gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, si la obra ya tiene una orden de demolición, lo que puede prescribir es la capacidad del Ayuntamiento de ejecutar la orden de demolición, y en el caso de Baleares son 15 años desde que la orden de demolición es firme. Se establecerá un plazo máximo de 15 años para la ejecución subsidiaria de la orden de restablecimiento por parte de la administración. Este plazo se iniciará el día que adquiera firmeza la resolución que ordene el restablecimiento, y se interrumpirá con cualquier acto administrativo formal tendente a la ejecución de la orden. Se consideran actos administrativos tendentes a la ejecución de la orden de restablecimiento, entre otros, la imposición de multas coercitivas o la resolución de inicio del procedimiento de ejecución subsidiaria. Una vez producida la interrupción, volverá a empezar el plazo de 15 años mencionado.

      Responder
  87. Luis

    Buenas tardes, en relación a los tiempos eatablecidos para las distintas prescripciones, como puede certificarse el inicio de dicho plazo? Es decir, cómo demuestras que una edificación tiene una antiguedad determinada?
    Gracias por su tiempo.

    Responder
  88. M_medsa

    Buenas tardes, quisiera saber si una vivienda construida hace mas de 9 años en suelo no urbanizable y sin AFO puede ser vendida . Y las consecuencias/perjuicios que conllevaria el vender una propiedad sin regularizarla. Y asi mismo, si se realiza una obra menor ( muro) y no han pasado más de seis años, sin la correspondiente licencia las consecuencias serian ¿ multa y demoliciòn de la misma ? Muchas gracias de antemano

    Responder
  89. Luzdivina Rodríguez

    No me permite el ayuntamiento legalizar una casa en suelo rústico. Se construyó hace 41 años. Pago el IVI correctamente Ahora quiero hacer una piscina pequeña y no me lo permiten porque dicen que sería parte de una casa ilegal y si hay denuncia o pasa la poli me pueden hacer tirar la casa. ¿ No puedo hacer realmente la piscina?
    Está en suelo rústico, pero no es ninguna barbaridad, toda la vida fue viña, como ahora. Mil gracias.

    Responder
  90. Toni

    Buenas una consulta sobre una vivienda realizada sobre suelo rustico en Mallorca ilegal zona no protegida en 2012 y abierto expediente por el ayuntamiento en 2013 reclamar la demolición y futura sancion estas notificaciones llegaban cada 6meses aprox,en 2017 se registro y escritura la construccion desde el 2016 se presentaron varias alegaciones al ayuntamiento pero ellos comentan están hasta arriba y no se responde a ninguna..en marzo de 2018 ya llego una sancion descomunal solo por una piscina de plastico casi 10000€ se volvió a presentar nuevo recurso y a día de hoy sigue igual sin responder a los recursos sobre la multa etc,en esta última con la sancion ya no volvieron a mandar nada más de demolición desde el 2017 y en esta que fue la sancion en 2018 no a vuelto a llegar nada donde si detallaba que si no se pagaba en un plazo de 30 días pasaría a embargo y via de apremio automático y yo llego nada a día de hoy ni embargo ni respuesta de recursos ni nuevas notificaciones en más de 1 año….muchas gracias mi pregunta por partes que partes van prescribiedo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, habría que estudiar toda la documentación, pero en principio si se ha dictado orden de demolición, la obra ya no prescribe, en cualquier caso podría prescribir la orden de demolición. Pero habría que estudiar toda la documentación. Un saludo.

      Responder
  91. Joses

    Buenas!
    Mi preguntas es:
    Teniendo un terreno rustico en Mallorca, habiendolo heredado, en donde no consta ninguna edificacion ni en el registro ni en el catastro, pero con fotos aereas de 1973, ¿se puede registrar esa construccion haciendolo asi urbanizable?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes, habría que estudiar la posibilidad de «regularizar» la vivienda por su antigüedad, pero eso no quiere decir que el terreno se convierta urbanizable.

      Un saludo

      Responder
  92. Mirela Tataru

    Buenos dias,acabo de comprar una parcela rustica de 700m con una casa construida ilegal ,año de construccion 2007 ,queremos legalizar la casa,pedimos los suministro de luz y aqua ,el de luz vino favorable el del aqua no,en la respuesta a la solucitud de suministro de aqua,pone que el imueble no se encuentra en la area de cubertura,a pesar de que la acometida de aqua esta a 20 metros de nuestra parcela,los demas vecinos tienen suministro de aqua de hace muchisimos años que por lo visto el ayudamiento ha puesto aqua frauduloso alli….Prezentamos el AFO en el ayudamiento ..que posibilidades tenemos de que el AFO salga positivo??El arquitecto que nos hizo el AFO dijo que hay posibilidad de legalizar….Me gustaria escuchar y otra opinion!!

    Responder
  93. Maria del mar

    Buenos días, desde hace unos meses estamos los vecinos teniendo problemas con el ayuntamiento y una empresa privada, lo que quiere hacer la empresa privada es aumentar el tamaño de la urbanización, expulsando a los vecinos que tenemos las tierras alrededor de su urbanización (suelo rústico) , las negociaciones que nos dan son nulas para nosotros, y el ayuntamiento nos ha comunicado que la empresa privada tiene todos los permisos por parte del ayuntamiento. El ayuntamientos nos dice que las naves que tenemos construidas son ilegales (son naves de aperos), y nos «amenaza» diciendonos que nos tenemos que ir sí o sí, porque la ley del Potaus apoya a la empresa privada.
    Mi duda es como me van a echar de mis tierras si son mias y encima nos echan y nos dan una misería.
    Estamos desesperados.
    Gracias un saludo.

    Responder
  94. FERNANDO ALVAREZ

    He denunciado en mi ayuntamiento (de un pueblo de Sevilla) , a un vecino próximo que está edificando una vivienda de tres plantas en suelo no urbanizable de especial protección donde esta prohibido edificar. ¿En que plazo de tiempo debe contestarme el ayuntamiento antes de que yo pueda denunciar al alcalde por prevaricación urbanistica?
    ¿Debería igualmente denunciarlo en la junta de andalucía?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días,

      Si el Ayuntamiento no hace nada, y sabe que existe, puede denunciarlo ya. Créame, estas denuncias salen adelante. No perdería el tiempo en la Junta de Andalucía, iría directamente a Fiscalía o Juzgado. Un saludo.

      Responder
  95. Sergio de juan

    No acabo de entender este artículo porque tenía entendido que las acciones contra una construcción en suelo no urbanitzable (antes llamado rústico) no prescribían nunca. De hecho, en los artículos que se referencian en la tabla así lo indican, por ejemplo en el art. 207 de la ley del suelo de Cataluña. Lo podrían aclarar por favor?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes,

      Efectivamente es como usted indica, hay algunas comunidades donde el plazo de prescripción (de caducidad de la acción de restauración realmente) no existe, por ejemplo en la Comunidad Valenciana, o en Extremadura para una clase determinada de suelos no urbanizables. Pero normalmente no es que la acción de restauración nunca caduque para todas las obras, sino para algunas que se ubican en determinados tipo de suelos. El artículo es a nivel general, sin entrar en particularidades.

      Gracia por su apreciación.

      Responder
  96. jose

    Buenos dias, llevo 5 años peleando con un vecino y con el Ayuntamiento por la colocacion de una valla, que en primer lugar, se puso sin permiso del ayuntamiento, ocupando parte de mi terreno y que linda con un camino publico sin dejar la debida separacion. El Ayuntamiento solo da largas y llevo, como ya he dicho, 5 años poniendo escritos y reclamaciones. Cave destacar que ese vecino es municipal del pueblo. Me he propuesto denunciar a ese vecino por apropiacion de terreno y a urbanismo del pueblo por permitirlo, en la provincia de Alicante. Que puedo hacer?. Un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días,

      Si le ha ocupado su terreno: demanda. Si la obra es ilegal, denuncia ante el Ayuntamiento, si el Ayuntamiento no inicia procedimiento de oficio: denuncia al competente (normalmente Alcalde) al Juzgado de Instrucción por prevaricación urbanística consistente en silenciar infracciones urbanística.

      Saludos.

      Responder
  97. Javier

    Una casa construida hace 25 años en un municipio de la comunidad valenciana en terreno rústico, en el momento de la construcción fue denunciada por vecinos, teniendo como consecuencia una sentencia firme de derribo con fecha 1998. No obstante dicha sentencia no se ejecutó y la casa sigue en pié. Figura en el catastro como inmueble de uso residencial construido en 1995. Carece de servicio de agua potable y luz. Tiene una fosa séptica. Mi pregunta es si en este tipo de casos es posible que la vivienda ya esté legalizada o que sea necesario realizar algún tramite para proceder con su legalización definitiva con la LOTUP. Muchas gracias.

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes,

      La vivienda no está legalizada, pero la orden de demolición ha prescrito, por lo que podría intentar registrarse como fuera de ordenación.

      Un saludo.

      Responder
  98. Sergio

    Hola querría saber, Para una vivienda que tiene la prescripción urbanística municipal qué trámite se debe seguir para poder tener los servicios de electricidad y agua? ¿ Se debe solicitar cédula habitabilidad / declaración responsable o con la prescripción se puede gestionar? Muchas gracias, un saludo

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas, dependerá de cada comunidad autónoma y cada Ayuntamiento. En Baleares, por ejemplo, sería imposible conseguir esos servicios en una obra fuera de ordenación por prescripción de la acción de restauración de la legalidad urbanística. Un saludo.

      Responder
  99. Angel

    Hola, acabo de comprar un terreno rústico de 2700 m en alava. Tiene dos edificios que aparecen en el registro y en el catastro. Se paga uno desde el 2006. Uno es una cuadra y otro aparece como txoko. Pensaba que eran legales y por eso pague diez más por el terreno rústico. Se ve que el vendedor dio de alta a las construcciones en el registro de la propiedad justo mientras hacíamos la compraventa del terreno. Resulta que me llega notificación del ayuntamiendo diciendo: el edificio txoko no se le concedió licencia de txoko sino de almacén agrícola, por lo que hay que derribar. El edificio cuadra no tiene licencia y hay que derribar. Podría echar la venta atrás de alguna manera o es una estafa bien orquestada y no puedo hacer nada? También dicen que no entra en la ley del 2006 de suelo Gracias

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días,

      Habría que estudiar el caso, en cualquier caso, si es una estafa o no, deberá decirlo y estudiarlo un abogado penalista. Y si la venta puede deshacerse, deberá decirlo un abogado civilista. No es nuestra especialidad y por ello no podemos darle una contestación totalmente fiable. Un saludo.

      Responder
  100. Veronica

    Tengo una parcela rustica de 2 hectareasem espacio protegudo paisajisticamente , puse una casilla de madera de jardin de 5x5m sin suelo , para guardar equipo de apicultura a lado de mis colmenares que estan registrados. Es ilegal ? Necesita permiso unacaseta de jardin?

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes,

      Aunque pareciese una barbaridad, en puridad sí haría falta una licencia para esa instalación. Otra cuestión será la entidad de esa caseta, y ver cuál es el criterio del Ayuntamiento en cuestión.

      Un saludo.

      Responder
  101. Ane

    Buenas noches,

    Lo mio tiene tela, nosotros compramos un terreno rustico pequeñito y construimos legalmente un *apero de labranza*, el arquitecto del ayuntamiento se paso y dio visto bueno. Bien la cuestion es que, como no, llevamos viviendo aqui cerca de unos 10-15 años. Mi pregunta es si…me pueden hechar de mi casa, o si con los años prescribe y estoy en mi derecho, o si por algun casual puedo hacerla habitable. Nose, porfavor, iluminenme

    Responder
  102. maria jose

    Buenas tardes, al parecer la Policia Local informo sobre mi obra en suelo rústico al Ayuntamiento, esto hace mas de un año, pero a mi no me han comunicado nada, al parecer le ha pasado lo mismo a varios vecinos, la Policia Local informó y el Ayuntamiento no nos notifica, debemos seguir o parar, ya hace mas de un año, y nos consta que el Ayuntamiento lo sabe por medio de la Policia Local

    Responder
    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días,

      Nuestra recomendación es siempre tener licencia antes de hacer cualquier obra, ya que, se enfrentan a que les aperturen un procedimiento que puede acabar con una orden de demolición así como a una posible sanción, si nos encontramos en suelo urbanizado o urbanizable y de incluso un un delito si nos encontramos en suelo rústico.

      Un saludo.

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  103. Angel

    Tengo una parcela en el término municipal de Torrent, el terreno tiene la clasificación de Urbano no Urbanizado, sin embargo hay más de 100 construcciones, de hecho quedan menos de 10 parcelas por edificar (una de ellas la mia) pedi permiso para hacerme una pequeña caseta, y desde el ayuntamiento me dicen » que no puedo poner ni un ladrillo», mi pregunta es ¿si tan claro lo tienen, como puede ser que «se haya permitido» construir tanto ilegalmente?.
    ¿La pasividad de ayuntamiento sería delictiva?. Puesto que cuando hablas con los técnicos hablan como si las construcciones fueran como champiñones que surgen de un día para otro, todos sabemos que no. Ha habido consentimiento del ayuntamiento.
    ¿Puedo pedir una indemnización?.
    Lo más curioso es que el IBI, si que me lo cobran como urbano, y estoy pagando por las ilegalidades de los demás, hablamos de chalets con piscina cada uno, por que derechos no tengo los mismos.
    Gracias.

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días,

      Por supuesto que es delictivo, y ya son varios los municipios en los que conocemos que la Fiscalía estudia si se han podido cometer delitos de prevaricación. Como usted dice, las viviendas que surgen no son champiñones que surgen de un día para otro. En muchos casos, estas construcciones son permitidas por los Ayuntamientos simplemente mirando hacia otro lado.

      Un saludo.

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  104. fran

    hola, tenemos un terreno de 1000 metros cuadrados, el cual pertenece a un diseminado de parcelas, en este terreno que se considera rustico, hace 15 años hicimos una casa, dicha casa paga sus impuestos de ibi, basuras.. tenemos cedula de habitabilidad, está registrada en el registro de la propiedad, tiene el informe tecnico firmado por el arquitecto con sus planos,etc, asi como el final de obra que data del año 2003 (hace más de 8 años, con lo que tengo entendido en Baleares es el pazo de prescripción), así como escrituras de la vivienda todo ante notario.
    Mi pregunta es de que forma podemos pedir a urbanismo que nos emita un certificado de que el plazo de prescripción de obra sin licencia ya ha prescrito y así que no puedan nuncan demolerla ni sancionarnos y podemos hacer de alguna forma que esa vivienda sea legal??
    gracias

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenos días,

      Lo primero de todo es comprobar dónde está la obra y sobre qué categoría de suelo rústico se encuentra, pues no en todos los casos la acción de restauración de la legalidad urbanística prescribe (en muchas comunidades autónomas, en suelos no urbanizables de especial protección no prescribe nunca la acción de restauración de legalidad urbanísticas). Lo que sí prescriben siempre son las infracciones, que no es lo mismo.

      Lo segundo es ser capaces de demostrar esa supuesta prescripción (con los datos que nos ofrece parece bastante claro que se podría determinar la fecha de terminación total de las obras).

      Por último, se debe realizar una solicitud al Ayuntamiento, pero lo cierto es que algunos Ayuntamientos tienen este proceso muy automatizado, y otros no, por eso habría que conocer el municipio para saber de qué manera (procesalmente hablando), se puede solicitar ese certificado.

      Un saludo.

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  105. Jose

    La ley no es igual para todosss……porque las dejan hacerr…el ayuntamiento para que estaaa…..los ricos. Hacen lo que les da la ganaaa..vaya paiss

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  106. Fernando cosano Portillo

    Nosotros hicimos unas obras ilegal en palma de Mallorca en suelo rústico me sancionaron con una multa y orden de derribo han pasado 5 años y no me han vuelto a decir nada, también pago contribución de esta esta obra en su totalidad de metros desde hace 8o9 años. Mi pregunta en cuanto tiempo puede prescribir desde que pagas la multa

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Buenas tardes,

      La orden de demolicíón (la ejecución de esa orden de demolición), prescribe a los 15 años. Pero habría que analizar el caso para dar una respuesta más completa.

      Saludos.

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  107. Amparo

    Pedi permiso para una casa en una parcela rustica y me lo negaron cual no fue mi sorpresa k otras personas con mas poder economico realizan la construccionde una vivienda zona rustica a cien metros de la mia y no pasa nada me pueden dar. Una respuesta ?

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    • Equipo de Vélez Dorado

      Estimada Amparo,

      Habría que estudiar por qué no le dan a usted licencia, y por qué otros sí la tienen. Quizás ni siquiera la tengan. Como siempre decimos: nadie cuelga un cartel de su casa que ponga «esta casa tiene un expediente de disciplina urbanística encima».

      Un saludo.

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